CMIC - Comisión de Infraestructura Hidráulica
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Comisión de Infraestructura Hidráulica

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CAPÍTULO I - 12

 

COGENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

 

TABLA DE CONTENIDO

 

 

1.1       ALCANCE........................................................................................................................... 2

1.2       REQUISITOS GENERALES.................................................................................................. 2

1.3       CÓDIGOS Y NORMAS DE DISEÑO....................................................................................... 4

1.4       CAPÍTULOS RELACIONADOS.............................................................................................. 4

1.5       REQUISITOS DE DISEÑO.................................................................................................... 4

1.6       CRITERIOS GENERALES DE DISEÑO DEL SISTEMA DE APROVECHAMIENTO DEL BIOGÁS GENERADO     6

 

 

 

 

 

 


 

 

CAPÍTULO I - 12

 

COGENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

 

 

 

1.1               ALCANCE

 

Este Capítulo cubre los criterios y requisitos mínimos de diseño que deberán usarse para la selección, diseño, instalación y equipamiento del sistema de aprovechamiento del biogás generado en la digestión anaerobia de lodos y, en su caso, en el sitio de disposición final de biosólidos de la PTAR Atotonilco.

El diseño del sistema que será realizado en primera instancia por el LICITANTE y, posteriormente a la adjudicación, por el CONTRATISTA, deberá ejecutarse con apego a las prácticas y principios de ingeniería reconocidos internacionalmente.

 

1.2               REQUISITOS GENERALES

 

A.             El contenido de esta especificación es enunciativo más no limitativo. El LICITANTE será único y total responsable de la selección y el diseño del sistema de aprovechamiento del biogás generado en la digestión anaerobia de lodos y, en su caso, en el sitio de disposición final de biosólidos, mismo que debe incluir TECNOLOGÍA COMPLETAMENTE PROBADA y que asegure cumplir con todos los ordenamientos legales aplicables en esta materia.

B.            El LICITANTE seleccionará el tipo de sistema de aprovechamiento del biogás generado en la digestión anaerobia de lodos, que utilizará para cumplir los alcances solicitados en este Capítulo y maximizar los beneficios técnicos y económicos de este recurso; en apego a los criterios de diseño que aquí se especifican. El LICITANTE acepta la responsabilidad total con respecto a los requisitos de eficiencias de generación de energía, de transferencia y recuperación de calor de las instalaciones por él propuestas, así como del período de operación y mantenimiento posterior a la puesta en marcha de la PTAR.

C.            El LICITANTE podrá proponer en base a su propia experiencia, tecnologías y procesos con criterios de diseño diferentes, o que no figuran, en la REFERENCIA TÉCNICA DE PROCESO. Para tal efecto, el LICITANTE acreditará su funcionamiento como TECNOLOGÍA COMPLETAMENTE PROBADA, entregando con su PROPUESTA TÉCNICA, carta membretada y firmada de satisfacción por la entidad, agencia pública o autoridad local que recibe el servicio de tratamiento de las aguas, o por una entidad reguladora pública que verificó el cumplimiento contractual de las obras y/o servicios contratados, precisando el nombre, cargo, e información de contacto de quien firma, que deberá confirmar:

·          Características de la planta y/o tecnología referida: caudal y cargas promedio y máximo de diseño, operaciones y procesos de tratamiento; calidad del AGUA CRUDA y del AGUA TRATADA en términos de DBO5 y SST.

·          Referencia del contrato de construcción y/o operación indicando la empresa contratada y la fecha de inicio de operación de la planta de tratamiento y/o tecnología referida.

·          Que la planta de tratamiento y/o tecnología referida está operando satisfactoriamente, bajo las condiciones de diseño.

La carta en cuestión no podrá ser emitida por empresa o sociedad que sea filial del LICITANTE o con alguna vinculación con la casa matriz del LICITANTE, o de alguno de sus asociados, en su caso.

D.            El LICITANTE incluirá en su propuesta el diseño de la ingeniería básica del sistema de aprovechamiento del biogás generado en la digestión anaerobia de lodos, con capacidad para el manejo, almacenamiento y aprovechamiento del biogás generado en la digestión anaerobia de los lodos, resultantes del tratamiento de los caudales y cargas de aguas residuales indicados en el Apéndice 2, Capítulo I - 5; posteriormente, ya como CONTRATISTA, elaborará el proyecto ejecutivo y la construcción y equipamiento del sistema.

E.            El LICITANTE incluirá en su propuesta de diseño, dentro del documento No. 9 del Apéndice 4, un apartado en el que analice y garantice la confiabilidad y flexibilidad operativa del sistema de aprovechamiento del biogás para el funcionamiento de la PTAR.

F.             En el diseño del proceso el LICITANTE deberá especificar que todos los materiales y equipos que sean propuestos, serán nuevos y con fabricación de patente. Los equipos y materiales que no sean especificados en el diseño, pero que serán necesarios para el funcionamiento completo del proceso, deberá especificarse que serán suministrados de acuerdo al nivel de calidad exigido en las especificaciones de los demás materiales y equipos incluidos en el diseño.

G.            El CONTRATISTA será responsable de tramitar ante la Comisión Reguladora de Energía (CRE), a nombre de la CONAGUA, el permiso de cogeneración de energía eléctrica.

H.            La energía eléctrica generada se utilizará exclusivamente en las instalaciones y equipos electromecánicos de la PTAR Atotonilco.

I.                El LICITANTE no podrá incorporar en su PROPUESTA ECONÓMICA ningún ahorro adicional o beneficio económico por la eventual comercialización de biogás o de energía eléctrica cogenerada, en caso de existir éstos.

 

 

 


 

1.3               CÓDIGOS Y NORMAS DE DISEÑO

 

A.      A excepción de que se indique lo contrario, todos los criterios de diseño, materiales, mano de obra y equipos que el LICITANTE proponga utilizar en el diseño del proceso, deben cumplir con las Leyes y Reglamentos aplicables del Gobierno de MÉXICO y congruentes con los requisitos que establecen las normas, códigos, manuales y bibliografía de diseño establecidos.

B.            En los casos en que exista controversia, contraposición y/o conflicto entre las leyes, normas, reglamentos, códigos, manuales y bibliografía de diseño; prevalecerá la más estricta.

 

1.4               CAPÍTULOS RELACIONADOS

 

I - 2 Criterios de Diseño, Códigos, Normas y Abreviaciones

I - 3 Criterios de Diseño Civil e Hidráulico

I - 5 Criterios de Diseño del Proceso Tren de Tratamiento de Agua

I - 6 Criterios de Diseño Estructural

I - 7 Criterios de Diseño Arquitectónico y Mecánico de Edificios

I - 8 Criterios de Diseño Mecánico, Tuberías y Válvulas

I - 9 Criterios de Diseño Eléctrico

I - 10 Criterios de Diseño de Control

I - 11 Criterios de Uso, Manejo y Disposición de los Residuos Sólidos del Tratamiento

I -13  Requerimientos Ambientales

 

1.5               REQUISITOS DE DISEÑO

 

A.             El sistema de aprovechamiento del biogás, generado en la digestión anaerobia de lodos, constará de los equipos e instalaciones requeridas para la obtención de energía calorífica, energía eléctrica y/o fuerza motriz requerida para el funcionamiento de las instalaciones de la PTAR.

B.            El diseño del sistema de aprovechamiento del biogás generado minimizará los excedentes de biogás que, en su caso, deberán ser quemados en condiciones seguras para los trabajadores e instalaciones de la PTAR y de la población asentada en los alrededores.

C.            El sistema de cogeneración de energía eléctrica lo diseñará el LICITANTE para maximizar  la recuperación de calor de las unidades generadoras. El equipo de recuperación de calor estará construido con materiales resistentes a la corrosión por sulfuro de hidrógeno (H2S). El calor recuperado se aprovechará para calentar el digestor anaerobio y/o el lodo de alimentación al digestor, con el objetivo de minimizar o eliminar el uso del biogás para combustión en calderas destinadas exclusivamente para el calentamiento del proceso de digestión.

D.            En el diseño del sistema de aprovechamiento del biogás generado, el LICITANTE se apegará a lo establecido por la Norma Oficial Mexicana NOM-043-SEMARNAT-1993, que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmosfera de partículas sólidas provenientes de fuentes fijas.

E.            En el diseño del sistema de aprovechamiento del biogás generado, el LICITANTE se apegará a la establecido por la Norma Oficial Mexicana NOM-085-SEMARNAT-1994, Contaminación Atmosférica - Fuentes Fijas.- para fuentes fijas que utilizan combustibles fósiles sólidos, líquidos o gaseosos o cualquiera de sus combinaciones, que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmosfera de humos, partículas suspendidas totales, bióxidos de azufre y óxidos de nitrógeno y los requisitos y condiciones para la operación de los equipos de calentamiento indirecto por combustión, así como los niveles máximos permisibles de emisión de bióxido de azufre en los equipos de calentamiento directo por combustión; y en apego a lo dispuesto por la normatividad vigente aplicable.

F.             El LICITANTE indicará en su propuesta las instalaciones para producir energía eléctrica a partir del biogás producido en la digestión anaerobia de lodos. La energía producida se utilizará internamente en la PTAR para reducir el consumo de energía eléctrica suministrada por LFC.

G.            El LICITANTE efectuará el diseño del sistema de generación maximizando los beneficios económicos derivados de generar energía eléctrica en las horas en que aplican los cargos de energía de punta y energía intermedia.

H.            El LICITANTE incluirá en la Memoria Descriptiva y Memoria de Prediseño y Cálculo, del documento No. 9 del Apéndice 4, la información y los cálculos que respalden la estimación de la generación de energía eléctrica con el biogás y los ahorros económicos derivados de la implementación de este esquema en la operación de la PTAR.

I.                Los criterios de diseño que se indican en el numeral 1.6, de ninguna manera podrán ser considerados como recomendados o avalados por CONAGUA, su objetivo es que el LICITANTE elabore su PROPOSICIÓN en apego a buenas prácticas de diseño normalmente aplicadas.

J.              Los límites establecidos aplican sólo para procesos y tecnologías de tipo convencional, por lo que el LICITANTE podrá proponer y utilizar valores que excedan los límites establecidos en el numeral 1.6, apegándose a lo requerido en los numerales A y C del numeral 1.2 REQUISITOS GENERALES del presente Capítulo.

 


 

1.6               CRITERIOS GENERALES DE DISEÑO DEL SISTEMA DE APROVECHAMIENTO DEL BIOGÁS GENERADO

 

A.             El LICITANTE asignará factores de generación de biogás específicos por kilogramo destruido de SSV de los lodos primarios, en su caso, y por kilogramo de SSV de lodos secundarios. La generación de biogás, a partir de las grasas y aceites removidos en la PTAR y empleados para alimentación al proceso de digestión anaeróbica, no será considerada dentro del beneficio económico del sistema de COGENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA en la PROPUESTA ECONÓMICA.

B.            El LICITANTE precisará la concentración de metano (expresada como porcentaje) que asigna al biogás generado en el proceso de digestión anaerobia mesofílica y el poder calorífico neto (Lower Heating Value, LHV, en inglés) del biogás. No serán aceptables valores por arriba de 65 % y 22,400 kJ/m3.

C.            El LICITANTE especificará y justificará el factor de generación de biogás en los lodos digeridos, en caso de que opte por aprovechar el biogás generado en el monorelleno de disposición final de biosólidos en los terrenos de la PTAR, así como la concentración de metano y el poder calorífico neto del mismo. La eventual generación de biogás del monorelleno no será considerada dentro del beneficio económico del sistema de COGENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA en la PROPUESTA ECONÓMICA.

D.            No se aceptará que el biogás no aprovechado en el sistema de cogeneración, que sea quemado en antorchas, represente más del 5% del volumen anual generado. El LICITANTE incluirá en su propuesta la instalación de un dispositivo de medición de flujo en dicha(s) líneas.

E.            Para el caso de quedar fuera de operación alguna(s) unidades del sistema de generación de energía, se incluirá en el diseño un criterio conservador para alcanzar la capacidad media de generación establecida y minimizar la quema del biogás. Todos los elementos del sistema  serán diseñados como unidades múltiples, capaces de funcionar adecuadamente con la unidad y equipo más grande fuera de servicio. Deben incluirse previsiones para poder aislar cada unidad para su mantenimiento y reparación.

F.             La capacidad de almacenamiento temporal del biogás se establecerá en función de la que resulte necesaria para regular la alimentación al sistema de generación de energía; debiendo tener capacidad, al menos, para 3 (tres) horas de producción diaria en el período de mayor generación de biogás.

G.            En cada sistema de almacenamiento temporal de biogás el LICITANTE incluirá válvulas de cierre automático accionadas por sismo.

H.            El LICITANTE incluirá en el diseño del sistema una etapa formal de tratamiento y acondicionamiento del biogás alimentado a las unidades de generación de energía, la cual constará, de manera enunciativa: remoción de sulfuro de hidrógeno (H2S), remoción de siloxanos, sistema de limpieza y remoción de partículas, remoción de humedad, compresión del biogás, de requerirlo el diseño.

I.                El LICITANTE indicará en su PROPUESTA TÉCNICA el consumo y costo de los productos químicos, así como los de reposición y disposición de medios filtrantes y de secado para la limpieza y acondicionamiento del biogás.

J.              Para el cálculo de las pérdidas de calor en las estructuras de los digestores anaerobios el LICITANTE utilizará como referencia las temperaturas ambientales imperantes en la zona del proyecto, efectuando la estimación de manera mensual. En el Cuadro 1 se presentan las temperaturas promedio normales de la estación climatológica Clave 00013084 “Presa Requena”, situada en: Latitud: 19°57'00" N., Longitud: 099°19'00" W. Altitud: 2,109 msnm.

Cuadro 1 Temperaturas promedio mensuales, oC

Temperatura
E
F
M
A
M
J
J
A
S
O
N
D
Máxima
22.1
23.1
24.6
25.6
25.6
24.7
23.9
24.0
23.3
22.7
22.4
22.1
Media
13.4
14.3
15.8
16.9
17.3
17.0
16.6
16.7
16.3
15.5
14.6
13.7
Mínima
4.7
5.6
7.0
8.2
8.9
9.3
9.2
9.5
9.3
8.2
6.8
5.3

 

K.            El LICITANTE precisará y justificará las eficiencias de conversión y transferencia de calor en el sistema de calentamiento de lodo de los digestores y del lodo de alimentación a los mismos, indicando las eficiencias en calderas y unidades de transferencia, así como las pérdidas en tuberías y piezas del sistema.

L.             El LICITANTE precisará y justificará las eficiencias de conversión de energía eléctrica que asigne a las unidades de generación de energía.

M.            La capacidad unitaria de las unidades de generación de energía no podrá ser menor a 1,000 (mil) kilowatts.

N.            El LICITANTE incluirá en el diseño de las unidades de generación de energía, de así requerirlo éstas, la incorporación de tecnología para hacer más eficiente la combustión del biogás y reducir la formación y emisión de oxido nitroso (NOx). Entre estas tecnologías se encuentra la denominada “mezcla pobre” (Lean Burn, en inglés), así como la cámara de pre – combustión.

O.           El LICITANTE indicará la vida útil asignada a las unidades de generación de energía eléctrica, así como las consideraciones utilizadas para su reposición y/o mantenimiento mayor, éstas deberán estar reflejadas en su PROPUESTA ECONÓMICA.

P.            El LICITANTE indicará los requerimientos de servicio de mantenimiento menor y mayor de las unidades de generación de energía eléctrica, precisando la frecuencia y la duración del servicio.

Q.           El LICITANTE elaborará el cálculo detallado de la energía eléctrica producida por el sistema de COGENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA, para tal efecto utilizará el Formato que se incluye en el documento No. 9 del Apéndice 4.

 

 

 

FIN DEL CAPÍTULO

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