CMIC - Comisión de Infraestructura Hidráulica
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Comisión de Infraestructura Hidráulica

Vicepresidente Nacional
Nombre

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CAPÍTULO 1 - 13

 

REQUERIMIENTOS AMBIENTALES

 

TABLA DE CONTENIDO

 

REQUERIMIENTOS AMBIENTALES.............................................................................................. 3

1.1        ALCANCES........................................................................................................................ 3

1.2        ACERCA DE LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE....................................................... 3

1.3        CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACION AMBIENTAL............................................................. 3

1.4        NOTIFICACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO............................................................................... 4

1.5        ENTREGAS....................................................................................................................... 4

1.6        APOYO DE PARTE DE LA COORDINACIÓN DEL PROYECTO.............................................. 4

1.7        PROGRAMAS Y PLANES PARA EL DESARROLLO SUSTENTABLE.................................... 5

1.8        ETAPAS DE DESARROLLO DEL PROYECTO..................................................................... 5

1.9        RESIDUOS PELIGROSOS.................................................................................................. 8

1.10      DERRAMES CONTAMINANTES.......................................................................................... 9

1.11      DISPOSICIÓN DE RESIDUOS............................................................................................. 9

1.12      CONTROL DE LA CALIDAD DEL AGUA............................................................................. 10

1.13      REDUCCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN DEL AIRE.............................................................. 11

1.14      ELIMINACIÓN DE RUIDO.................................................................................................. 11

1.15      SITUACIÓN DE EMERGENCIA.......................................................................................... 12

1.16      MANTENIMIENTO DE LOS MEDIOS DE CONTROL DE LA CONTAMINACION DURANTE LAS OPERACIONES             12

1.17      ENTRENAMIENTO............................................................................................................ 12

1.18      PROTECCIÓN DE LA VEGETACIÓN Y VIDA SILVESTRE................................................... 12

1.19      CONTROL DE SEDIMENTOS Y DE EROSIÓN.................................................................... 13

1.20      ALMACENAJE DE COMBUSTIBLES.................................................................................. 14

1.21       ALMACENAJE DE  QUIMICOS......................................................................................... 14

1.22      REGISTRO Y PRESERVACIÓN DE HALLAZGOS ARQUEOLÓGICOS.................................. 14

1.23      RESPONSABILIDAD AMBIENTAL DEL CONTRATISTA....................................................... 15

1.24      TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS DEL CUMPLIMIENTO AMBIENTAL.................................. 15

1.25      AUDITORÍA AMBIENTAL................................................................................................... 16

1.26      IMPACTO AMBIENTAL1,2................................................................................................... 16

1.27      RECURSOS NATURALES................................................................................................. 16

1.28      AIRE................................................................................................................................ 16

1.29      AGUA.............................................................................................................................. 16

1.30      SUELO Y SUBSUELO...................................................................................................... 18

1.31      RUIDO............................................................................................................................. 18

1.32      RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS...................................................................................... 18

1.33      RESIDUOS PELIGROSOS................................................................................................ 18

1.34      RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL.................................................................................. 19

1.35      RIESGO AMBIENTAL........................................................................................................ 19

1.36      AUDITORÍA AMBIENTAL................................................................................................... 19

1.37      BONOS DE CARBONO..................................................................................................... 20


 

 

CAPÍTULO 1 - 13

 

REQUERIMIENTOS AMBIENTALES

 

 

1.1               ALCANCES

 

El trabajo cubierto por este capítulo se refiere al suministro de toda la mano de obra, materiales y equipos, así como la ejecución de todo el trabajo necesario para prevenir, minimizar o controlar la contaminación ambiental, así como para mitigar los impactos ambientales que se pudieran generar durante y como consecuencia de las actividades de preparación del sitio, construcción, operación, mantenimiento, abandono, y otras actividades relacionadas. El CONTRATISTA cumplirá con todas las leyes y reglamentos Federales, Estatales, Municipales, así como Normas Oficiales Mexicanas que sean aplicables, relativas a la prevención, control y mitigación de la contaminación ambiental, al igual que los requisitos aquí especificados, y obtendrá todos los permisos, licencias, concesiones y autorizaciones que fueran necesarios para realizar la obra, así como para operar y mantener las instalaciones, y abandono de la PTAR al concluir su vida útil.

 

El CONTRATISTA tendrá que observar y cumplir con toda la legislación ambiental mexicana aplicable, e implementar una serie de programas, planes, procedimientos y acciones para proteger los componentes fisicoquímicos, ecológicos y socioeconómicos, así como, prevenir y controlar la contaminación ambiental del sitio de la PTAR Atotonilco, el o los sitios de disposición final de lodos y BIOSOLIDOS y las áreas circunvecinas y mitigar los posibles impactos ambientales que lo anterior cause.  Además, será responsable de realizar los trámites necesarios para obtener todos los permisos, licencias, concesiones y autorizaciones requeridos por la legislación ambiental mexicana aplicable a nivel federal, estatal y local.  Todo esto forma parte del proceso de gestión ambiental para lograr el desarrollo sustentable del proyecto.  A continuación se describen los principales aspectos generales responsabilidad del CONTRATISTA.

 

1.2               ACERCA DE LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

 

Protección Ambiental, para los fines de este documento, se entiende la conservación del medio ambiente en su estado natural, en el mayor grado posible durante la ejecución de las diferentes etapas del proyecto y resaltar la apariencia natural en su condición final.  La protección del ambiente requiere cuidar de los recursos agua, aire, y suelo; además, involucra minimizar los problemas del ruido, emisiones y disponer adecuadamente de los diferentes tipos de residuos generados durante cada una de las etapas del proyecto, así como mitigar el impacto de otros contaminantes, incluyendo olores, polvos, vibraciones,  ruido y fauna nociva.

 

La contaminación ambiental se establece como la presencia de agentes químicos, físicos o biológicos que puedan afectar la salud y el bienestar humano, o impactar el equilibrio ecológico y degradar el ambiente natural.

 

1.3               CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACION AMBIENTAL

 

El CONTRATISTA deberá conocer y cumplir todas las disposiciones de la legislación ambiental mexicana, incluyendo leyes y reglamentos Federales, Estatales, Municipales, así como Normas Oficiales Mexicanas que sean aplicables  en materia de impacto ambiental, contaminación de la atmósfera, agua, suelo y subsuelo, residuos (incluye residuos peligrosos, residuos sólidos urbanos y residuos de manejo especial), ruido, riesgo ambiental, recursos naturales, y protección de la salud humana.

 

Será responsabilidad del CONTRATISTA hacer cumplir a los subcontratistas todos y cada uno de los requisitos de la legislación ambiental mexicana vigente y aplicable al proyecto, los cuales se refirieron en el párrafo anterior.

 

El Licitante, en su propuesta, deberá indicar específicamente las medidas de monitoreo, control y mitigación de impactos negativos, que implementará durante las etapas de preparación del sitio, construcción de las obras, operación y mantenimiento de las instalaciones, y abandono del sitio al finalizar su vida útil.

 

1.4               NOTIFICACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO

 

La CONAGUA através de la supervisión (en las cuatro etapas del proyecto) notificará por escrito al CONTRATISTA, si llegara a observar algún tipo de incumplimiento de cualquiera de las leyes y reglamentos Federales, Estatales, Municipales, así como Normas Oficiales Mexicanas que sean aplicables. El CONTRATISTA, después de recibir tal notificación, informará de inmediato a la CONAGUA acerca de cuales serán las medidas correctivas que propone aplicar y procederá a ejecutar las mismas en la medida en que se emita la No Objeción por parte de la supervisión de CONAGUA. Si el CONTRATISTA las ejecuta mal o se niega a ejecutarlas de inmediato, la CONAGUA através de la supervisión podrá emitir una orden de paralización de todo o parte de los trabajos, hasta que se tomen las medidas correctivas satisfactorias.  No podrá tomarse de modo alguno el tiempo perdido a raíz de las órdenes de paralización como motivo de reclamo para lograr la ampliación del plazo o mayores costos o permisos para el CONTRATISTA.

 

1.5               ENTREGAS

 

Antes del comienzo de la obra, el CONTRATISTA entregará a la CONAGUA para que emita su No Objeción acerca de su propio Plan de Protección del Ambiente en donde determinará con exactitud: (i) las leyes y reglamentos Federales, Estatales, Municipales, así como Normas Oficiales Mexicanas que sean aplicables; (ii) las obligaciones especificas con las que deberá de cumplir; (iii) los permisos y/o autorización que deberá de obtener para realizar la obra o actividad que le fue encomendada y (iv) programa con fechas clave para la entrega de los estudios y documentos requeridos ante las autoridades ambientales correspondientes.  Esta entrega deberá ser continuada por reuniones con la supervisión (en las cuatro etapas del proyecto) de CONAGUA para establecer mutuo entendimiento relativo al cumplimiento, con la administración del  Plan de Protección Ambiental.

 

1.6               APOYO DE PARTE DE LA COORDINACIÓN DEL PROYECTO

 

En todo momento el Licitante debe entender que es responsabilidad exclusiva de el CONTRATISTA conocer y realizar todo el proceso de gestión ambiental del proyecto y no será motivo de ampliación del plazo para la ejecución de las obras ni de incremento en los costos cualquier retraso imputable a faltas u omisiones en la elaboración de los estudios y documentos requeridos.  En caso de que alguno de los trámites para obtener permiso, concesiones,  licencia, o autorización que esté realizando el CONTRATISTA sufra retraso no imputable directamente a la omisión o errores en la información entregada a la autoridad correspondiente, la CONAGUA podrá intervenir para agilizar dicho trámite.  En ningún momento se debe suponer que la CONAGUA asume responsabilidad directa o indirecta en el proceso y únicamente intervendrá para prestar asistencia sin compromiso.

 

Además, las listas de actividades de gestión ambiental que aparecen en este documento no deben ser consideradas como exhaustivas y será responsabilidad exclusiva del CONTRATISTA asegurarse de tramitar todas las autorizaciones, licencias concesiones y permisos que sean requeridas tanto por la legislación ambiental vigente y como por aquella que sea emitida durante la vigencia del contrato.

 

Asimismo, el CONTRATISTA que haya incumplido con las leyes y reglamentos Federales, Estatales, Municipales, así como Normas Oficiales Mexicanas que sean aplicables, será responsable de los daños ambientales que cause y será de su obligación repararlos a satisfacción de la Autoridad correspondiente, de acuerdo con el numeral 1.23 RESPONSABILIDAD AMBIENTAL DEL CONTRATISTA por lo cual, y para asegurar la protección al ambiente, el CONTRATISTA deberá de obtener un Seguro de Responsabilidad Ambiental que lo cubra durante todo el periodo de vigencia de su contrato y 1 año después de que el mismo termine, a efecto de reparar los daños que sean detectados con posterioridad y que le sean imputables. 

 

1.7               PROGRAMAS Y PLANES PARA EL DESARROLLO SUSTENTABLE

 

Los programas, planes, procedimientos, y acciones que deberá elaborar e implementar el CONTRATISTA estarán enfocados a proteger los componentes fisicoquímicos, ecológicos y socioeconómicos para mantener el equilibrio ecológico del área de influencia del proyecto, así como prevenir y controlar la contaminación ambiental y permitir el desarrollo sustentable del proyecto.  Los componentes deberán considerar por lo menos los siguientes: a) fisicoquímicos, incluyendo aire, geología, suelo, y agua, tanto superficial como subterránea; b) ecológicos, incluyendo vegetación, fauna y paisaje; y c) socioeconómicos, incluyendo medio socioeconómico y salud pública.

 

Los componentes ambientales deberán ser evaluados durante el desarrollo de las cuatro etapas del proyecto en su modalidad de preparación del sitio, construcción, operación y abandono del sitio.  A continuación se describen las cuatro etapas del proyecto y los principales aspectos que se deberán incluir en los programas, planes, procedimientos y acciones para el desarrollo sustentable del proyecto.

 

1.8               ETAPAS DE DESARROLLO DEL PROYECTO

 

El proyecto de la PTAR Atotonilco, en su calidad de diseño, construcción, y operación, constará de cuatro etapas de desarrollo: a) preparación del sitio, b) construcción de las instalaciones físicas, c) operación y mantenimiento del sistema de tratamiento e instalaciones de apoyo, y d) abandono del sitio una vez cumplida su vida útil.  El CONTRATISTA estará obligado a elaborar programas, planes, procedimientos y acciones para asegurar la protección del ambiente y el desarrollo sustentable de las actividades que se realicen en el predio que ocupará la PTAR y los sitios de disposición final de BIOSOLIDOS y residuos sólidos durante las cuatro etapas de desarrollo, así como en las zonas circundantes a los mismos.

 

De manera especial y respecto de la PTAR, el CONTRATISTA deberá de obtener previo a la preparación del sitio, construcción, operación y mantenimiento, y abandono del Sitio, la Autorización en Materia de Impacto Ambiental correspondiente, emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en cumplimiento con el REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE EN MATERIA DE EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL.

 

Asimismo, y por lo que toca a los sitios para la disposición final de los residuos sólidos no peligrosos, y BIOSOLIDOS, el CONTRATISTA deberá de obtener previo a la preparación del sitio, construcción, operación y mantenimiento, y abandono del Sitio, la Autorización en Materia de Impacto Ambiental correspondiente, emitida por la Autoridad Ambiental del Estado de Hidalgo y la autoridad federal de acuerdo a la  LEY PARA LA PROTECCION AL AMBIENTE DEL ESTADO DE HIDALGO vigente y la LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS.  

 

Los siguientes cuadros muestran los principales elementos, sin excluir los que se puedan identificar durante el desarrollo del proyecto, que integran cada una de las etapas.

 

a) Preparación del Sitio

Elementos

 

Contratación de personal (Mano de obra)

Apertura de caminos de acceso

Transporte de equipo

Desmonte

Despalme

Nivelación

Limpieza del sitio

Uso y Movimientos de equipo, maquinaria y vehículos

Requerimientos de agua

Abastecimiento de agua

Requerimientos de combustible

Abastecimiento de combustible

Generación de residuos sólidos (peligrosos y sólidos urbanos)

Generación de residuos líquidos (peligrosos y sólidos urbanos)

Generación de residuos de manejo especial, Emisiones a la atmósfera (fuentes fijas y móviles, incluyendo polvos y partículas)

Generación de aguas residuales

Generación de ruido, vibraciones y olores

Uso de letrinas portátiles

Recuperación de vegetación

Recuperación de suelo vegetal

Mantenimiento de maquinaria y equipo

Cercado del predio

 

b) Construcción

Elementos

 

Contratación de personal (Mano de obra)

Adquisición y Transporte de material y equipo

Requerimientos de agua

Requerimientos de combustible

Manejo de materiales de construcción

Compactación del sitio

Excavación, conductos, cimentación y drenaje

Bancos de material

Abastecimiento de agua

Abastecimiento de combustible

Construcción de obra civil

Usos y Movimientos de equipos, maquinaria y vehículos

Emisiones a la atmósfera (fuentes fijas y móviles, incluyendo polvos y partículas)

Generación de aguas residuales

Uso de letrinas portátiles

Generación de residuos sólidos (peligrosos y sólidos urbanos)

Generación de residuos líquidos (peligrosos y sólidos urbanos)

Generación de residuos de manejo especial

Generación de ruido, vibraciones y olores

Mantenimiento de maquinaria y equipo

Pruebas de operación

Áreas verdes

 

 c)Operación y mantenimiento

Elementos

 

Contratación de personal (Mano de obra)

Abastecimiento de agua

Abastecimiento de energía

Requerimientos de combustible y materiales peligrosos

Almacenamiento de combustible y materiales peligrosos

Circulación vehicular

Cumplimiento de condicionantes impuestas en su caso.

Operación de equipos y tubería

Emisiones a la atmósfera (fuentes fijas y móviles, incluyendo polvos y partículas)

Generación y Manejo de Aguas Residuales (sanitarias y laboratorio)

Generación, Almacenamiento y manejo de residuos sólidos (peligrosos y sólidos urbanos)

Generación, Almacenamiento y manejo de residuos líquidos (peligrosos y sólidos urbanos)

Generación y manejo de residuos de manejo especial

Generación y disminución de ruido, olores y vibraciones

Demanda de transporte

Mantenimiento operativo (preventivo y correctivo)

Mantenimiento de vías de comunicación

Mantenimiento del canal de descarga

Mantenimiento de equipos y tuberías

Mantenimiento de infraestructura y obras exteriores

Mantenimiento áreas verdes

 

d) Abandono del Sitio

Elementos

 

Desmantelamiento de infraestructura y obras exteriores

Desmantelamiento del sistema eléctrico y red de agua

Limpieza del sitio

Disposición de residuos peligrosos, de manejo especial y sólidos urbanos.

Cierre de la planta y demás instalaciones

Cobertura con suelo vegetal

Reforestación

Cierre de caminos de acceso

 

A continuación se señalan algunas de las acciones que serán responsabilidad del CONTRATISTA para proteger la calidad ambiental del entorno y asegurar el desarrollo sustentable del proyecto.

 

1.9               RESIDUOS PELIGROSOS

 

Generación de Residuos Peligrosos. El CONTRATISTA que con motivo de su actividad genere residuos peligrosos, deberá de presentar ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales el Aviso de Inscripción como Empresa Generadora de Residuos Peligrosos a efecto de ser catalogado como micro, pequeño o gran generador y con base en ello, cumpla con las obligaciones ambientales que le son aplicables establecidas en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, su Reglamento en materia de residuos peligrosos y las Normas Oficiales Mexicanas: NOM-052-SEMARNAT-1993, NOM-053-SEMARNAT-1993, NOM-054-SEMARNAT-1993, NOM-055-SEMARNAT-1993,  NOM-056-SEMARNAT-1993, NOM-057-SEMARNAT-1993, NOM-058-SEMARNAT-1993  vigentes y sus actualizaciones.

 

Almacenaje de Residuos Peligrosos. El CONTRATISTA que genere Residuos Peligrosos deberá de contar con áreas de almacenamiento temporal de los mismos, los cuales deberán de: (i) estar separadas de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos terminados; (ii) estar ubicadas en zonas donde se reduzcan los riesgos por posibles emisiones, fugas, incendios, explosiones e inundaciones; (iii) contar con dispositivos para contener posibles derrames, tales como muros, pretiles de contención o fosas de retención para la captación de los residuos en estado líquido o de los lixiviados; (iv) contar con pasillos que permitan el tránsito de equipos mecánicos, eléctricos o manuales, así como el movimiento de grupos de seguridad y bomberos, en casos de emergencia; (v) contar con sistemas de extinción de incendios y equipos de seguridad para atención de emergencias, acordes con el tipo y la cantidad de los residuos peligrosos almacenados; (vi) contar con señalamientos y letreros alusivos a la peligrosidad de los residuos peligrosos almacenados, en lugares y formas visibles; e (vii)  identificar los recipientes considerando las características de peligrosidad de los residuos, así como su incompatibilidad, previniendo fugas, derrames, emisiones, explosiones e incendios, sin perjuicio de las demás obligaciones que con motivo de la catalogación como generador, tipo de residuo y tipo de almacén establezca la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, su Reglamento y las Normas Oficiales Mexicanas Aplicables  vigentes y sus actualizaciones.

 

Manejo de Residuos Peligrosos. El CONTRATISTA que genere Residuos Peligrosos deberá de contar con bitácoras, Planes de Manejo, realizar el transporte y disposición final de los Residuos con personas debidamente autorizada para esos fines así como cumplir con las demás obligaciones que con motivo de la catalogación como generador y tipo de residuo, establezca la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, su Reglamento y las Normas Oficiales Mexicanas Aplicables vigentes y sus actualizaciones.

 

1.10           DERRAMES CONTAMINANTES

 

Prevención de derrames.  El CONTRATISTA tendrá el máximo cuidado para prevenir el derrame de deshechos, combustibles, aceites, químicos u otras substancias de cualquier naturaleza y en especial aquéllos que sean considerados Materiales y/o Residuos Peligrosos.  Todo el personal será entrenado sobre los métodos adecuados para prevenir dichos derrames, además de los métodos de limpieza.  En los sitios donde se realicen operaciones de carga o descarga de combustibles, materiales o sustancias peligrosas líquidas o Residuos Peligrosos, el CONTRATISTA instalará sistemas de contención alrededor del área de potencial derrame que cumpla con la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento, incluyendo protección del suelo contra contaminación por cualesquier materiales o sustancias derramadas.  Además, el CONTRATISTA mantendrá in situ suficiente cantidad de material absorbente, por precaución ante posibles derrames que pudieran rebasar los sistemas de contención de derrames.

 

Información acerca de Derrames Contaminantes.  Durante la vigencia del contrato, si se produjeran derrames de aceite, combustibles o químicos, tanto líquidos como sólidos, el CONTRATISTA notificará de inmediato (dentro de cinco minutos) a la CONAGUA, utilizando para esto una radio o teléfono celular.  Además, ambos notificarán a la autoridad competente para que conozca la naturaleza del derrame y dicte las medidas requeridas para mitigar impactos y riesgos ambientales.

 

Limpieza de Derrames Contaminantes. El CONTRATISTA es el único responsable de la limpieza inmediata de cualquier derrame de combustible, aceites, químicos u otro material, o en su caso, de la remediación del sitio contaminado previa autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y conforme a los procedimientos y trámites previstos en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento, la cual se hará a entera satisfacción de la CONAGUA y de la citada autoridad. La CONAGUA no asume responsabilidad alguna por cualquier derrame, limpieza o remediación de la cual no sea directamente responsable.  Si el CONTRATISTA no comienza la limpieza de inmediato o la ejecuta incorrectamente, la CONAGUA podrá hacer ejecutar el trabajo por otros y cargar el costo al CONTRATISTA.

 

Asimismo, en caso de que existan derrames, el CONTRATISTA deberá de dar el aviso correspondiente a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

 

Ahora bien, en caso de que se produzca contaminación del suelo, el CONTRATISTA deberá de remediar el sitio contaminado, previa autorización emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

 

1.11           DISPOSICIÓN DE RESIDUOS

 

El CONTRATISTA realizará la recolección diaria de los Residuos Sólidos Urbanos, de Manejo Especial y Peligrosos.  Estos materiales no deberán ser incinerados a cielo abierto, dispuestos en el agua o en las áreas adyacentes o ser desparramados en el terreno.  La disposición de los Residuos se efectuará de conformidad con las leyes y reglamentos Federales, Estatales, Municipales, así como Normas Oficiales Mexicanas que sean aplicables y en especial en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento, y será aprobada por la Autoridad Federal si se trata de Residuos Peligrosos, Estatal respecto a los Residuos de Manejo Especial y Municipal por lo que toca a los Residuos Sólidos Urbanos.  El CONTRATISTA contará con recipientes claramente identificados que cumplan con la legislación aplicable para contener los residuos peligrosos, de manejo especial y sólidos urbanos generados durante los trabajos de las cuatro etapas de las obras.

 

El CONTRATISTA evitará la contaminación de drenajes y cursos de agua producida por deshechos sanitarios, sedimentos, material sólido o líquido, y cualquier otra sustancia proveniente de las operaciones de construcción.  Asimismo, no se permitirá la entrada de sedimentos, material sólido u otra sustancia que no sea deshecho sanitario en los conductos de alcantarillado y se tomarán todas las medidas razonables para evitar que tales materiales entren en cualquier drenaje o curso de agua.  Durante las etapas de preparación del sitio y construcción, el CONTRATISTA contará con letrinas portátiles suficientes para el personal que labora en la obra.

 

Si cualquier material de deshecho es esparcido en áreas no autorizadas, el CONTRATISTA recolectará tales materiales y restaurará el área a su condición original; si fuera necesario, el suelo contaminado será excavado y dispuesto como lo indique la CONAGUA y también reemplazado con material adecuado de relleno, compactado, terminado y plantado según se requiera, a fin de restablecer la vegetación original.

 

Todos los residuos resultantes de las operaciones realizadas bajo este contrato, serán retirados del área de desperdicio y enviados a sitios de disposición final autorizados por medio de un transportista debidamente autorizado para ello a cargo y costo del CONTRATISTA.  Esta disposición del material cumplirá con todas las leyes y reglamentos Federales, Estatales, Municipales, así como Normas Oficiales Mexicanas que sean aplicables.  Tales materiales serán retirados del área de trabajo, previo a la fecha de terminación de las obras cubiertas por este contrato En caso de que el CONTRATISTA requiera almacenar los residuos en el sitio de la obra, lo hará en almacenes que cumplan con la legislación mexicana aplicable y en ningún caso los almacenará durante más de 6 meses.

 

1.12           CONTROL DE LA CALIDAD DEL AGUA

 

El CONTRATISTA implementará las medidas necesarias para proteger la calidad del agua, tanto de cuerpos superficiales como subterráneos, durante las cuatro etapas de desarrollo del proyecto.   El CONTRATISTA dispondrá de los medios en el sitio del proyecto para el control de las emisiones de aguas residuales resultantes de las actividades de las obras en proceso.

 

Para ello, celebrará con el operador municipal un contrato de suministro de agua potable, o en su caso, obtendrá de la CONAGUA una Concesión para el aprovechamiento de aguas nacionales así como los demás permisos y/o autorizaciones que sean necesarias para realizar la explotación.

 

De la misma forma, obtendrá del operador municipal el permiso o autorización correspondiente para la descarga de aguas residuales, y en caso de que en el área o zona no existiese drenaje, obtendrá de la CONAGUA un Permiso para Descargar Aguas Residuales así como las demás autorizaciones y/o permisos que sean necesarias para realizar dicha descarga.

 

Asimismo, el CONTRATISTA verificará que las descargas no rebasen los limites máximos permisibles establecidos en las condiciones particulares de descarga impuestas por la CONAGUA, o en caso de no existir de conformidad con la NOM-001-SEMARNAT-1996 o la NOM-002-SEMARNAT-1996 dependiendo si la descarga se realiza en el alcantarillado o a un cuerpo de agua o bien nacional y cooperará con la CONAGUA y le asistirá a fin de facilitarle el monitoreo de calidad del agua y cualquier otro de carácter ambiental durante las operaciones que la CONAGUA pueda realizar.

 

1.13           REDUCCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN DEL AIRE

 

Contaminación del Aire.  El CONTRATISTA cumplirá con las leyes y reglamentación Federales, Estatales, Municipales, así como Normas Oficiales Mexicanas que sean aplicables y conducentes a fin de evitar y controlar la contaminación del aire.  Las actividades en las cuatro etapas de desarrollo del proyecto se llevarán a cabo de tal modo que se mantendrá a un mínimo la contaminación del aire durante las cuatro etapas de desarrollo del proyecto.

En caso de que el CONTRATISTA se decida por la opción de incineración para la disposición final de los residuos sólidos del TPQ, deberá cumplir con la NOM-098-SEMARNAT-2002 "Protección Ambiental. Incineración de residuos. Especificaciones de operación y límites de emisión de contaminantes".

 

Control de Polvo.  El CONTRATISTA tomará las medidas indispensables para evitar el desprendimiento innecesario de polvo.  Las superficies de tierra propensas a desprender polvo se mantendrán húmedas con riego o mediante aplicaciones de reductores químicos de polvo (los reductores químicos de polvo son a su vez contaminantes, por lo cual no son recomendables).  Los materiales polvorientos acopiados en pilas o sometidos a tránsito vehicular cuando sea factible serán cubiertos para evitar el polvo.

 

Los edificios o instalaciones operativas que puedan ser afectados por el polvo serán protegidos convenientemente.

 

Quema.  La quema a cielo abierto de cualquier tipo de material de desecho, desperdicio, o residuo queda prohibida sin excepción alguna.

 

Control de Olores.  El control de olores es un aspecto importante del Proyecto.  El CONTRATISTA diseñará y operará las áreas de pretratamiento de agua residual y las de manejo, tratamiento y disposición de lodos y BIOSOLIDOS de modo tal que los olores sean reducidos o eliminados, de conformidad con los alcances y eficiencias establecidas en las Sección 1.11, numeral 1.11.2 inciso J del Capitulo 1-5.  Si el desprendimiento de olores constituye un problema pese a aplicar todos los procedimientos operativos determinados por el CONTRATISTA para este fin, éste iniciará una “Estrategia para Eliminación de Olores”.

 

1.14           ELIMINACIÓN DE RUIDO

 

El CONTRATISTA será responsable por el cumplimiento de todos los requisitos relativos al ruido, incluyendo la realización de los análisis de ruido con un laboratorio autorizado para ese efecto por la Entidad Mexicana de Acreditación y contar con ellos en el proyecto para demostrar su cumplimiento a las Autoridades correspondientes sin recibir por ello compensación en cuanto al precio por él ofertado en la licitación.

 

El CONTRATISTA tomará todas las medidas razonables para evitar ruidos que rebasen la normatividad aplicable.   Tales medidas serán las apropiadas para los niveles de sonido normales en el ambiente de obra dentro de los límites máximos permisibles por la NOM-011-STPS-2001, Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido.  Todos los vehículos y maquinarias de construcción serán operados de modo que causen el menor ruido posible, sin que esto influya en la eficacia de la obra.

 

Todos los motores de combustión interna y equipos sopladores estarán dotados de silenciadores.  Además, el CONTRATISTA deberá cumplir con la NOM-081-ECOL (SEMARNAT)-1994 que exige que los niveles de ruido no excedan 68 db (A) durante el día (6:00 a 22:00 h) o 65 db (A) durante la noche (22:00 a 6:00 h) sobre la vivienda más cercana al equipo productor de ruido.

 

1.15           SITUACIÓN DE EMERGENCIA

 

El CONTRATISTA adoptará inmediatamente medidas correctivas en caso de presentarse una situación que pueda ser causante de contaminación a cualquier fuente de agua potable, a la atmósfera, suelo, subsuelo, y al ambiente en general, estará obligado a dar los avisos a las Autoridades correspondientes en este sentido.

 

Si el CONTRATISTA no toma de manera inmediata la acción correctiva, la CONAGUA emitirá una orden verbal deteniendo toda o parte de la obra, hasta que se tomen satisfactoriamente las medidas correctivas.   El tiempo perdido, debido a tal orden, no será motivo de reclamo para la extensión de plazos o por costo adicional.

 

Cualquier orden verbal emitida bajo esta cláusula por la CONAGUA, será documentada y pasada por escrito al CONTRATISTA, dentro de un período de 24 horas.

 

1.16           MANTENIMIENTO DE LOS MEDIOS DE CONTROL DE LA CONTAMINACION DURANTE LAS OPERACIONES

 

El CONTRATISTA mantendrá todos los medios, programas, planes, procedimientos y acciones creados para el control de la contaminación durante el tiempo que duren las actividades u operaciones causantes de contaminación.

 

1.17           ENTRENAMIENTO

 

Con el fin de enfatizar todas las fases de protección del ambiente y de la calidad del agua antes de comenzar las obras, el CONTRATISTA capacitará a todo su personal participante en este Contrato de tal manera que dicho personal esté en posibilidad de cumplir con los requisitos de este capítulo y todas las leyes y reglamentos Federales, Estatales, Municipales, así como Normas Oficiales Mexicanas que sean aplicables. La capacitación deberá ser realizada por terceros calificados en los temas y estar documentada.

 

Esta capacitación comprenderá métodos de prevención, detección y control de la contaminación, familiarización con las normas ambientales mexicanas, tanto locales como federales, en la instalación y cuidado de cubiertas vegetales, plantas y otros medios para evitar y corregir la contaminación del ambiente.

 

1.18           PROTECCIÓN DE LA VEGETACIÓN Y VIDA SILVESTRE

 

La vegetación y vida silvestre dentro y fuera de los límites de las obras permanentes bajo este proyecto, serán conservadas en su condición presente o devueltas a una condición, después de construidas, que mantenga su aspecto natural y no causen detrimento en la apariencia del proyecto.

 

Salvo en las áreas indicadas en los planos o especificadas a ser limpiadas, el CONTRATISTA no dañará o destruirá árboles, arbustos, cactáceas o cualesquier otros tipos de vegetación presentes, ni los quitará o cortará sin la autorización de la autoridad competente como resultado de la Manifestación de Impacto Ambiental (Resolutivo de la MIA) y con el conocimiento de la CONAGUA.  Donde exista la posibilidad de que la vegetación pueda ser en alguna medida afectada por las operaciones del equipo del CONTRATISTA, el mismo protegerá dicha vegetación de acuerdo con la normatividad mexicana aplicable.  Se quitarán piedras, tierra u otro material, antes de comenzar las operaciones constructivas; las mojoneras y otras señales serán protegidas.

 

Cualquier árbol, área de césped o detalle paisajístico afectado por las operaciones o por el equipo del CONTRATISTA, será restaurado a una condición de acuerdo con la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Hidalgo y NOM-059-SEMARNAT-2001, Protección ambiental - especies nativas de México de flora y fauna silvestres - categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio,  aplicable y  a satisfacción de la CONAGUA.

 

La instalación de árboles, cactáceas y otra vegetación afectadas deberá efectuarse de modo aprobado por la autoridad correspondiente.  Los árboles, cactáceas y demás vegetación que resulte dañada en un grado irrecuperable serán removidos y desechados según los requisitos específicos de la normatividad ambiental.  Los árboles, cactáceas y demás vegetación a ser reemplazados por haber sido dañados, lo serán a expensas del CONTRATISTA, quien plantará ejemplares de vivero de la misma especie o de otra aprobada por la autoridad correspondiente, quien también aprobará la cantidad, tamaño y calidad de las especies a plantar.  Cualquier área de césped afectada será recultivada y protegida según la No Objeción de la autoridad correspondiente y de la CONAGUA.

 

En todo momento, el CONTRATISTA ejecutará todos los trabajos y tomará todas las medidas necesarias para minimizar interferencias o afectaciones a la vida silvestre.

 

1.19           CONTROL DE SEDIMENTOS Y DE EROSIÓN

 

El CONTRATISTA deberá preparar y obtener la No Objeción de la supervisión (en las cuatro etapas del proyecto) de CONAGUA para implementar un Plan de Control de Sedimentos y Erosión que cumpla con la legislación ambiental mexicana y que haya sido contemplado en la Manifestación de Impacto Ambiental aprobada por la autoridad competente. El CONTRATISTA deberá emitir el documento de su Plan de Control de Sedimentos y Erosión aprobado con la No Objeción a la CONAGUA a través de la supervisión para su conocimiento.

 

Dicho plan también comprenderá el mantenimiento de las medidas de control de erosión para las áreas de disposición autorizadas por la autoridad competente.   El CONTRATISTA evitará la erosión de los suelos en los sitios de obras y adyacentes resultante de sus actividades durante las cuatro etapas del proyecto.  Antes de comenzar las actividades de limpieza, perfilado, excavación u otras operaciones que afecten el ambiente natural, el CONTRATISTA deberá tomar medidas efectivas que protejan la naturaleza de acuerdo con la legislación ambiental mexicana vigente y aplicable.

 

El trabajo deberá programarse de modo de exponer durante el menor tiempo posible, las áreas susceptibles a erosión y la vegetación natural se preservará al grado máximo posible.  Las construcciones temporales de obras, tales como depósitos u otras, y el tránsito por la obra serán orientados de tal modo de minimizar la erosión.

 

Vegetación de rápido crecimiento u otra cubierta adecuada será colocada temporalmente sobre el terreno y según sea necesario, con la que se controlará la erosión por lluvia.  Las llantas de los vehículos de carga dejando el sitio de la Obra deberán ser lavadas, para evitar que vehículos de carga depositen sedimentos en las vías publicas.

 

1.20           ALMACENAJE DE COMBUSTIBLES

 

El almacenamiento de combustible líquidos se instalarán en zonas protegidas que cumplan con la normatividad mexicana aplicable, los estándares internacionales NFPA 30 y NFPA 820 y Underwriters Laboratories (UL) y API, el tanque estará totalmente ubicado sobre la superficie del terreno y dentro de un dique para contención de derrames, diseños de tanques de almacenamiento con doble pared y capacidad de monitoreo entre las paredes interna y externa son aceptables.  El área estará terraplenada e impermeabilizada, de modo de crear un volumen de almacenaje de 1.5 veces la capacidad del tanque, se deberán tener facilidades para el desvío de agua pluvial acumulada y para la recuperación de agua contaminada y/o combustible.  El almacén de combustible estará en área protegida del tránsito y de inundaciones.  En todo momento, el equipo para el reabastecimiento de combustible estará mantenido y en perfectas condiciones.  Asimismo, el almacén contará con áreas protegidas para la carga y descarga del combustible.  No se permitirá el uso de tanques de almacenamiento subterráneos. El área de almacenamiento de combustibles no se encontrara cerca de las áreas donde se localicen los materiales y residuos peligrosos. Los tanques de almacenamiento deberán tener sistemas de venteos de operación y emergencia, sistemas de protección contraincendio, protección anticorrosiva y sistema de protección por sobrellenado del tanque.

 

1.21           ALMACENAJE DE QUÍMICOS

 

El almacenamiento de reactivos químicos se instalará en zonas protegidas que cumplan con la normatividad mexicana: NOM-005-STPS-1998, NOM-006-STPS-2000, NOM-010-STPS-1999, NOM-018-STPS-2000, NOM-026-STPS-1998, los estándares internacionales NFPA 30, NFPA 820 y Underwriters Laboratories (UL), contenedores y tanques de almacenamiento estarán totalmente ubicado sobre la superficie del terreno y dentro de un dique para contención de derrames construido con materiales anticorrosivos apropiados, diseños de tanques de almacenamiento con doble pared y capacidad de monitoreo entre las paredes interna y externa son aceptables.  El área estará terraplenada e impermeabilizada, de modo de crear un volumen de almacenaje de 1.5 veces de la capacidad de almacenamiento, se deberán tener facilidades para el desvío de agua pluvial acumulada y para la recuperación de agua contaminada y/o el químico.  El almacén de químicos estará en área protegida del tránsito y de inundaciones. Asimismo, el almacén contará con áreas protegidas para la carga y descarga del material.  No se permitirá el uso de tanques de almacenamiento subterráneos. El área de almacenamiento de químicos no se encontrara cerca de las áreas donde se localicen los materiales y residuos peligrosos así como reactivos químicos o materiales incompatibles. Los tanques de almacenamiento deberán tener sistemas de venteos de operación y emergencia, sistemas de protección contraincendio, protección anticorrosiva, sistema de protección por sobrellenado del tanque y facilidades para manejo y transferencia.

 

1.22           REGISTRO Y PRESERVACIÓN DE HALLAZGOS ARQUEOLÓGICOS

 

Todo elemento que tenga aparente valor histórico o arqueológico que se descubra durante cualquier operación de excavación o disposición, será cuidadosamente preservado en el sitio hasta que acudan expertos del INAH y dictaminen sobre el hallazgo.  El CONTRATISTA dejará intactos los hallazgos e inmediatamente dará cuenta de ello la CONAGUA, quien a su vez informará a la autoridad correspondiente.

 

 

 

1.23           RESPONSABILIDAD AMBIENTAL DEL CONTRATISTA

 

El CONTRATISTA que haya incumplido con las leyes y reglamentos Federales, Estatales, Municipales, así como Normas Oficiales Mexicanas que sean aplicables, será responsable de los daños ambientales que cause y será de su obligación repararlos a satisfacción de la Autoridad competente, por lo cual, y a efecto de asegurar la protección al ambiente, el CONTRATISTA deberá de obtener un Seguro de Responsabilidad Ambiental[1] que cubra los daños ambientales ocasionados durante todo el periodo de vigencia de su contrato y 1 año después de que el mismo termine, a efecto reparar  los daños que sean detectados con posterioridad y que le sean imputables. 

 

En todo caso, el CONTRATISTA que haya incumplido con las citadas leyes o reglamentos será responsable de la o las sanciones que las Autoridades impongan con motivo de ello, y estará obligado a sacar en paz y a salvo a la CONAGUA de cualquier procedimiento administrativo que se inicie con motivo de su incumplimiento.

 

1.24           TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS DEL CUMPLIMIENTO AMBIENTAL

 

Los trámites y procedimientos necesarios para obtener permisos, licencias, concesiones y autorizaciones requeridas para el inicio de las actividades y obras del proyecto están sustentados en la legislación ambiental mexicana.  Es responsabilidad exclusiva del CONTRATISTA conocer y realizar todos estos trámites, y no serán motivo de ampliación del plazo para la ejecución de las obras ni de incremento en los costos aquellos retrasos imputables a faltas u omisiones en la elaboración de los estudios y documentos requeridos.  A continuación se presentan los principales permisos, licencias, concesiones y autorizaciones estipuladas en la legislación ambiental mexicana, tanto federal como estatal y local.  La siguiente lista de actividades de gestión ambiental no debe ser considerada como exhaustiva y será responsabilidad exclusiva del CONTRATISTA asegurarse de tramitar todas las autorizaciones, licencias, concesiones y permisos que sean requeridos tanto por la legislación ambiental vigente y como por aquella que sea emitida durante la vigencia del contrato.

 

En caso de que alguno de los trámites para obtener permiso, licencia, concesión o autorización que esté realizando el CONTRATISTA sufra retraso no imputable directamente a la omisión o errores en la información entregada a la autoridad correspondiente, la CONAGUA podrá intervenir para agilizar dicho trámite.  En ningún momento se debe suponer que la CONAGUA asume responsabilidad directa o indirecta en el proceso y únicamente interviene para prestar asistencia sin compromiso.

 

El LICITANTE deberá suministrar en su propuesta una cláusula confirmatoria declarando que en las cuatro fases del proyecto PTAR Atotonilco cumplirá con las Leyes, Reglamentos, Normas, Códigos y Estándares Internacionales que en materia de Protección Ambiental y Equilibrio Ecológico exige la Autoridad Federal, Estatal,  Municipal y particularmente la CONAGUA en los Términos de Referencia.

 

El LICITANTE deberá listar en su propuesta todas las Leyes, Reglamentos, Normas, Códigos y Estándares que aplicará en el diseño ejecutivo del proyecto y en las cuatro etapas que lo integran.

 

 

 

El LICITANTE deberá suministrar en su propuesta una lista exhaustiva de los tramites que deberá realizar antes las autoridades ambientales correspondientes indicando claramente el tipo de tramite, el documento que deberá entregar, la autoridad que emitirá la aprobación y la declaración de que esta actividad esta incluida en el alcance y costo de su propuesta técnica y económica.

 

 

1.25           AUDITORÍA AMBIENTAL

 

Durante los tres primeros años de operación de la planta de tratamiento, el CONTRATISTA  se inscribirá en el Programa Nacional de Auditoría Ambiental de la Procuraduría para verificar el cumplimiento ambiental de la planta de tratamiento y el sitio de disposición de residuos sólidos. Durante los dos años siguientes a la realización de la Auditoría Ambiental, el CONTRATISTA implementará  el Plan de Acción derivado de la Auditoría Ambiental.

 

1.26           IMPACTO AMBIENTAL1,2

 

Será responsabilidad total del CONTRATISTA llevar a cabo todos los estudios necesarios para presentar ante la SEMARNAT la Manifestación de Impacto Ambiental correspondiente, así como realizar todos los trámites y llevar a cabo las medidas de mitigación para atenuar los impactos y restablecer las condiciones ambientales existentes antes del inicio del proyecto en cualquiera de sus etapas.

 

Trámite Previo a la Etapa de Preparación del Sitio

Dependencia Responsable del Trámite

 

Manifestación de Impacto Ambiental modalidad Particular, incluyendo:

Estudio de Generación de Polvos durante la preparación del sitio y construcción (principalmente como resultado del movimiento de vehículos sobre caminos de terracería)

Estudio de Ruido (Ambiente Laboral y Perimetral), y

Proceso de Consulta Pública de la MIA (incluye publicación de la solicitud y resumen en la prensa, así como reunión pública)

 

SEMARNAT (Dir. General de Impacto y Riesgo Ambiental) o Delegación Estado de Hidalgo

Evaluación de los estudios de riesgo ambiental para empresas en operación de los sectores público, social o privado que realizan actividades consideradas como altamente riesgosas

SEMARNAT (Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas) o Delegación Estado de Hidalgo

Aviso de cambio de titularidad

SEMARNAT (Dir. Gral. de Impacto y Riesgo Ambiental) o Delegación Estado de  Hidalgo

 

1.27           RECURSOS NATURALES

 

Trámite Previo a la Etapa de Preparación del Sitio

Dependencia Responsable del Trámite

Autorización de Cambio Uso de Suelo de Terrenos Forestales5,8

SEMARNAT (Dir. Gral. de Gestión Forestal y de Suelos)

Transmisión5 de propiedad o de derechos de uso o usufructo de terrenos forestales menores de 250 ha

SEMARNAT (Dir. Gral. de Gestión Forestal y de Suelos), COEDE3

 

1.28           AIRE

 

Trámite Previo a la Etapa de Operación y Mantenimiento

Dependencia Responsable del Trámite

Licencia de Funcionamiento para Fuentes Fijas

COEDE3

Verificación de los vehículos del CONTRATISTA

COEDE3

 

 

1.29           AGUA

 

Trámite Previo a la Etapa de Preparación del Sitio

Dependencia Responsable del Trámite

Concesión para la Extracción de Materiales (en caso de requerir explotar algún depósito en cauce federal)

CONAGUA (Subdirección General de Administración del Agua) o Gerencia Estatal Hidalgo

 

Trámite Previo a la Etapa de Construcción

Dependencia Responsable del Trámite

Contrato de Servicio de Agua Potable (en caso de haber toma disponible cercana al predio)

Organismo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado

Concesión o Asignación de Aprovechamiento de Aguas Subterráneas6

CONAGUA (Subdirección General de Administración del Agua) o Gerencia Estatal Hidalgo

Permiso de Descarga de Aguas Residuales (incluyendo CPDs y cuerpo receptor de la descarga)7

CONAGUA (Subdirección General de Administración del Agua) o Gerencia Estatal Hidalgo

Declaración de Pago en Materia de Aguas Nacionales (tanto por extracción de aguas subterráneas como por descarga de aguas residuales tratadas)

CONAGUA

 

 

 

1.30           SUELO Y SUBSUELO

 

Trámite Previo a la Etapa de Construcción

Dependencia Responsable del Trámite

Autorización Cambio Uso de Suelo para depósito de BIOSOLIDOS (MIA General y Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial)

COEDE3

IEVDU4

 

1.31           RUIDO

 

Trámite Previo a la Etapa de Operación y Mantenimiento

Dependencia Responsable del Trámite

Estudio de Ruido (Ambiente Laboral y Perimetral)

SSA y STPS

Autorización para fijación del nivel permitido específico para esta fuente en caso de no poder cumplir con el nivel permitido

SSA

 

1.32           RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

 

Trámite Previo a la Etapa de Operación y Mantenimiento

Dependencia Responsable del Trámite

Contrato Servicios de Recolección y Disposición de Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial (generados durante la construcción)

IEVDU4

 

1.33           RESIDUOS PELIGROSOS

 

Trámite Previo a la Etapa de Operación y Mantenimiento

Dependencia Responsable del Trámite

Aviso de Inscripción como Empresa Generadora de Residuos Peligrosos

SEMARNAT (Dir. Gral. de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas) o Delegación Estado de Hidalgo

Manifiesto de entrega, trasporte y recepción de residuos peligrosos

SEMARNAT (Dir. Gral. de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas)

Cerciorarse de que el transportista de residuos peligrosos y las instalaciones del destinatario de la carga estén autorizadas por sct

SEMARNAT y SCT (Centro Integral de Servicios de la Dirección General de Tarifas, Transporte Ferroviario y Multimodal)

 

1.34           RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL

 

Trámite Previo a la Etapa de Preparación del Sitio

Dependencia Responsable del Trámite

Plan de Manejo (forma parte de la MIA modalidad General requerida por COEDE para autorizar el monorrelleno para los BIOSOLIDOS productos del tratamiento)

SEMARNAT

COEDE3

IEVDU4

 

1.35           RIESGO AMBIENTAL

 

Trámite Previo a la Etapa de Preparación del Sitio

Dependencia Responsable del Trámite

Aprobación del Programa para la Prevención de Accidentes (PPA), incluyendo Programa Integral de Seguridad y Emergencias (con Auditoría de Seguridad)

SEMARNAT (Dir. Gral. de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas) o Delegación Estado de Hidalgo; COEDE3; Protección Civil del Municipio

Seguro de Riesgo Ambiental

SEMARNAT (Dir. Gral. de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas) o Delegación Estado de Hidalgo; COEDE3; Protección Civil del Municipio

 

 

1.36           AUDITORÍA AMBIENTAL

 

Etapa de operación

Dependencia Responsable del Trámite

Auditoría Ambiental

Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA)

 

Notas:

1.       El Promovente es, en todos los casos, única y exclusivamente el CONTRATISTA.

2.       La CONAGUA puede prestar asistencia cuando sea necesario intervenir para agilizar algún trámite o procedimiento ante la autoridad correspondiente.

3.       COEDE – Consejo Estatal de Ecología del Estado de Hidalgo

4.       IEVDU – Instituto Estatal de la Vivienda y Desarrollo Urbano del Estado de Hidalgo

5.       En el caso del permiso de Cambio de Uso del Suelo, la CONAGUA deberá transferir o concesionar el usufructo del predio al CONTRATISTA y este dará aviso a la autoridad que concede el permiso de cambio de uso del suelo (COEDE). 

6.       Gestiones relacionadas a la dotación de agua para las instalaciones de la PTAR Atotonilco y descarga del agua tratada pueden ser agilizadas dentro de la misma de la CONAGUA.  

7.       La CONAGUA deberá determinar si emite un certificado de exención del pago de derechos por la descarga del agua residual tratada a un cuerpo receptor propiedad de la nación.

8.       Los trámites señalados en estos renglones no necesariamente son los que serán realizados, sin embargo se presentan exclusivamente como indicativos de que algún tipo de gestión será requerido por algún nivel de autoridad relativo al Cambio de Uso del Suelo, ya que los terrenos en cuestión están clasificados como Forestales, aunque el uso que se les está dando es agrícola y eso solamente en algunas parcelas.

 

CPD = Condiciones Particulares de Descarga

MIA = Manifestación de Impacto Ambiental

 

1.37           BONOS DE CARBONO

 

El proyecto de la PTAR de Atotonilco ha sido concebido por la CONAGUA como proyecto MDL (Mecanismo de Desarrollo Limpio), al desarrollar la PTAR de Atotonilco como un proyecto MDL, detectando las áreas de oportunidad para la reducción de emisiones y promoviendo la instalación de tecnología que permita alcanzarlas de la forma mas eficiente posible, significará un esfuerzo consistente con los propuestos dentro de la Estrategia Nacional para el Cambio Climático en donde se establece el MDL como una de las alternativas para obtener fondos internacionales disponibles para lograr el desarrollo de los proyectos.

La CONAGUA realizará y espera obtener el registro del proyecto y la metodología para desarrollar el proyecto ante el Comité Ejecutivo de la UNFCCC (Protocolo de Kyoto, Conferencia de Río).

 

Debido a lo anterior el LICITANTE GANADOR tendrá la obligación y responsabilidad de cumplir las especificaciones técnicas necesarias para el desarrollo del proyecto como MDL, así como colaborar con la CONAGUA para suministrarle toda la información necesaria sobre el proyecto ejecutivo, las tecnologías, las medidas de control de emisiones, materiales, etc., que sea necesaria para que la CONAGUA lleve a cabo la solicitud y tramitación del proyecto bajo el esquema MDL.

 

La CONAGUA se reserva mantener los derechos sobre la propiedad de los Bonos de Carbono, por lo que el CONTRATISTA no podrá hacer ningún reclamo sobre la propiedad de los mismos para su beneficio.

 

 

FIN DEL CAPÍTULO



[1] En caso de que la Autoridad correspondiente solicite que se contrate el citado seguro.

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