Tasas de recargos para el ejercicio fiscal
del 2023 |
Las tasas de recargos son publicadas por la Secretaria de
Hacienda y Crédito Público en el Diario Oficial de la Federación, para determinar
el pago de contribuciones extemporáneas.
2023 |
Casos de mora |
Enero - Diciembre |
1.13% |
Desde el año de 2004 hasta
la fecha los recargos por mora no han sido modificados con el fin de que dicha
tasa sea adecuada a las condiciones de inflación estimadas para los citados ejercicios
fiscales. |
El artículo 21 del Decreto por el que se reforman,
adicionan y derogan diversas disposiciones del Código
Fiscal de la Federación establece la aplicación de la tasa de recargos para cada uno
de los meses de mora; para el caso será la que resulte de incrementar en 50% la tasa
prevista para los mismos y que por prórroga será de 0.75%. Ver artículo 8º. de la
Ley de Ingresos de la Federación.
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