Extracto del Boletín de Prensa Núm. 267 enviado por la Dirección de Comunicación Social de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Viernes 22 de Agosto de 1997

En la presentación del Programa de Consolidación de las Autopistas Concesionadas, el Secretario Ruíz Sacristán destacó los antecedentes, la problemática actual y las acciones que el gobierno federal habrá de adoptar, en relación con el destino de las autopistas que, hasta hoy, han venido operando bajo el régimen de concesión.

Se ha tomado la decisión de emitir la Declaratoria de Rescate sobre 23 de las 52 autopistas concesionadas, por causa de utilidad e interés público. Se acompaña al presente boletín relación detallada de las autopistas incluidas en el rescate. Esta declaratoria será publicada, en los próximos díoas, en el Diario Oficial de la Federación , y entrará en vigor el primer día de septiembre del presente año.

El rescate es una figura jurídica prevista en la Ley General de Bienes Nacionales, como forma de terminación anticipada de las concesiones sobre bienes de la federación. La consecuencia inmediata del rescate es el que los bienes materia de las concesiones correspondientes , incluyendo las obras realizadas para la operación, explotación, conservación y mantenimiento de las carreteras vuelven de pleno derecho, a la posesión,control y administración del gobierno federal , e ingresan al patrimonio de la Nación los bienes, equipo e instalaciones destinados, directamente a los fines de las concesiones.

Se trata de un acto administrativo del Estado en el que media una indemnización que, fijada por peritos, se reconoce como medio de equidad en la medida.

En el caso concreto de las autopistas concesionadas, la indemnización se determinará ,exclusivamente , sobre los adeudos existentes y vinculados directamente con la construcción de estas vías de comunicación, los cuales están primordialmente referidos a créditos con la banca nacional.

El monto estimado de recursos fiscales que habrán de ser aplicados para dicha indemnización, es del orden de los 19 mil millones de pesos. Ersta proyección supone una tasa de interés por la deuda de que se trata , del 6.5 por ciento real anual, y in crecimiento de los aforos vehiculares, es decir del tránsito en las carreteras, de alrededor de tres por ciento anual.

Con todo, esta cantidad resulta sensiblemente menor a la que el gobierno federal tendría que aplicar, en caso de iniciar la edificación de una infraestructura

El monto estimado de recursos fiscales que habrán de ser aplicados para dicha indemnización, es del orden de los 19 mil millones.Esta proyección supone una tasa de interés por la deuda de que se trata, del 6.5 por ciento real anual, y un crecimiento de los aforos vehiculares, es decir, del transito en las carreteras, de alrededor del tres por ciento anual.

Con todo, esta cantidad resulta sensiblemente menor a la que el gobierno federal tendría que aplicar, en caso de iniciar la edificación de una infraestructura con iguales características a partir de este moimento. Con ello, si bien la derrama de recursos en el tiempo es muy considerable, el beneficio esperado para la población que tendrá acceso a estas vías de comunicación se verá reflejado en la misma medida que el sacrificio fiscal que se efectúa.

Es importante destacar que, como consecuencia de esta medida, el gobierno federal no transferirá recursos a los concesionarios o compañías constructoras involucradas sino que, como se ha expresado, los recursos fiscales se aplicarán al pago de las deudas contraídas.

El ejercicio de los presupuestos anuales correspondientes ,estará en función del faltante que resulte de aplicar los flujos abtenidos por el tránsito vehicular en las carreteras a un fideicomiso que se constituirá en el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., en su carácter de agente financiero del gobierno federal, cuyo objeto será el mantenimiento de las respectivas autopistas y el pago de los créditos.
Se estima que la pérdida neta que habrán de reportar los concesionarios a quienes se dirige el rescate de referencia, es de alrededor de 24 mil millones de pesos. Esa pérdida de capital invertido no considera los rendimientos esperados para cada proyecto y, como se indicó, no será objeto de indemnización alguna.

Cabe destacar que las instituciones bancarias acreedoras, por su parte, están en proceso de reestructurar los adeudos, extendiendo los plazos y reduciendo, sustancialmente, las tasas de interés aplicables, con la consecuente disminución de sus márgenes financieros o de ganancia..

Como parte fundamental de la adopción de esta medida, el gobierno federal innstrumentará una inmediata reducción de las tarifas o peajes de las autopistas objeto de este rescate, que oscila en alrededor de un 15 por ciento, tratándose de autómoviles , y 35 por ciento , para el autotransporte de carga. Durante la próxima semana, se publicará , con todo detalle, la reducción tarifaria para cada una de las autopistas aludidas, política que entrará en vigor a partir del primero de septiembre próximo.

Por lo que respecta a las autopistas con cargo a cuyos flujos de ingreso se emitieron bonos en el exterior, existen compromisos financieros que impiden incluirlas en el presente esquema de rescate, en estos momentos. En tal virtud, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público está llevando a cabo las negociaciones del caso para lograr condiciones que permitan reducir, igualmente, las tarifas vigentes.

Con estas acciones, el rescate de las concesiones sobre autopistas de cuota habrá de traducirse en beneficios directos e inmediatos de cuota habrá de traducirse en beneficios directos e inmediatos a favor de la industria del transporte de carga y de la población en general, al hacer más accesible la infraestructura carretera con tarifas más bajas. Además, la mayor utilización de las autopistas de altas especificaciones seguramente traerá, como consecuencia, la reducción en el índice de accidentes e ilícitos que ocurren en la red carretera del país. Primordialmente, se trata de que México conserve, para sí una infraestructura de la mayor relevancia para el desarrollo económico y social.