|
CONVENIO DE COOPERACI�N Y
ACCI�N CONJUNTA QUE CELEBRAN POR UNA PRIMERA PARTE, EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE
VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL EL LIC. LUIS DE
PABLO; POR UNA SEGUNDA PARTE, NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., REPRESENTADA POR EL LICENCIADO
CARLOS SALES GUTI�RREZ, LA C�MARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCI�N,
REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE, EL ING. PEDRO STRASSBURGER FRIAS, PARA INSTRUMENTAR EL
PROGRAMA DE CONCERTACI�N DE APOYOS FINANCIEROS PARA LA EDIFICACI�N DE VIVIENDA ASOCIADA
AL INFONAVIT, EN LO SUCESIVO "EL PROGRAMA", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES
DELCARACIONES Y CL�USULAS:
D E C L A R A C I O N E S
- DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES
EN LOS SUCESIVO "EL INFONAVIT":
- Que es un organismo de servicio social con personalidad jur�dica y
patrimonio propio creado por ley publicada en el Diario Oficial de la Federaci�n el d�a
24 de abril de 1972 y que entre sus objetivos se encuentra el de administrar los recursos
del Fondo Nacional de Vivienda, establecer y operar un sistema de financiamiento que
permita a los trabajadores derechohabientes obtener cr�dito barato y suficiente y
coordinar y financiar programas de construcci�n de habitaciones destinadas a ser
adquiridas en propiedad por los trabajadores.
Que como parte de las acciones emanadas del
"Compromiso por la Vivienda", realizado entre los sectores de los trabajadores,
empresarios y Gobierno Federal, y con el objeto de dar continuidad a los programas
institucionales que permitan reactivar la econom�a en el sector empresarial,
espec�ficamente en la industria de la construcci�n, realiza acciones necesarias de
coordinaci�n para la generaci�n de oferta de vivienda necesaria, para satisfacer la
creciente demanda de los derechohabientes de este instituto.
- Que acorde con los programas institucionales y el marco normativo
interno, se considera primordial brindar la asesor�a necesaria a las empresas
constructoras interesadas en participar en sus programas de vivienda, con el prop�sito de
que agilicen la presentaci�n y autorizaci�n de las ofertas de vivienda ante las �reas
correspondientes del Instituto.
- Que el Lic. Luis del Pablo, es el Director General del Instituto del
Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, seg�n consta en el acta de la
Sesi�n de la Asamblea General Extraordinaria No. 70 de este Instituto, del 19 de mayo de
1998, en la que se aprueba su designaci�n, a propuesta presentada por el C. Presidente
Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Doctor Ernesto Zedillo Ponce de Le�n.
- DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., EN ADELANTE "NAFIN".
Que en su car�cter de Instituci�n de Banca de Desarrollo, se rige
por su Ley Org�nica, publicada en el Diario Oficial de la Federaci�n el 26 de diciembre
de 1985 y su objeto es la promoci�n del ahorro y la inversi�n, as� como la
canalizaci�n de apoyos financieros y t�cnicos al fomento industrial, y en general al
desarrollo econ�mico nacional y regional del pa�s.
Que conforme a los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo y a
las directrices fijadas por el Ejecutivo Federal, sus actividades deben encaminarse a la
promoci�n de proyectos autofinanciables, generadores de empleos, divisas y desarrollo
regional, con �nfasis en los de la micro y peque�a empresa como motores de la econom�a
regional.
Que de acuerdo a las normas legales y lineamientos program�ticos que
rigen su actividad, ha concentrado sus esfuerzos en la ejecuci�n de los programas
b�sicos de promoci�n, asistencia t�cnica y capacitaci�n, descuento crediticio,
garant�as de cr�dito, aportaci�n de capital temporal, minoritario y de servicios.
Que "EL PROGRAMA" tiene por objeto financiar el capital de
trabajo que requieren las empresas afiliadas a la C�mara Mexicana de la Industria de la
Construcci�n, que realicen obras para la vivienda dentro de los programas establecidos
por "EL INFONAVIT", de conformidad con la normatividad y programas de
"NAFIN", a trav�s de los intermediarios financieros que participen en el mismo.
Que los intermediarios financieros bancarios que participen en
"EL PROGRAMA" deber�n haber celebrado con "NAFIN" el convenio general
y el contrato para la participaci�n en el riesgo crediticio.
Que con base en lo establecido en el inciso anterior, est� de
acuerdo en apoyar mediante fondeo y garant�a, las solicitudes de cr�dito que presenten
las empresas de la industria de la construcci�n, afiliadas a la C�mara Mexicana de la
Industria de la Construcci�n, a trav�s de los bancos comerciales que se incorporen a
"EL PROGRAMA" y que cumplan con los lineamientos y reglas de operaci�n de los
programas de financiamiento de la propia "NAFIN" (el Banco).
Que con el prop�sito de ampliar el acceso al financiamiento para las
empresas de la industria de la construcci�n afiliadas a la C�mara Mexicana de la
Industria de la Construcci�n, impulsar� la incorporaci�n de otros intermediarios
financieros a "EL PROGRAMA" para apoyar mediante el fondeo de �stas, las
necesidades de capital de trabajo de dichas empresas, requerido para la edificaci�n de
vivienda, dentro de los programas de "EL INFONAVIT".
Que el Lic. Carlos Sales Guti�rrez, acredita su personalidad con la
escritura p�blica No. 112,792 de fecha 4 de febrero de 1997, pasada ante la fe del Lic.
Homero D�az Rodr�guez, Notario P�blico No. 54 del Distrito Federal, inscrita en el
Registro P�blico de Comercio en el Folio Mercantil No. 81,341 el 11 de febrero de 1997.
- DE LA CAMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION, EN LO
SUCESIVO "LA CAMARA"
- Que de conformidad con el art�culo primero de la Ley de C�maras de
Comercio y de la Industria, y el art�culo 1.1 de su estatuto publicado en el Diario
Oficial de la Federaci�n de fecha 14 de enero de 1977, es una instituci�n P�blica
Aut�noma, con personalidad jur�dica propia y duraci�n indefinida: constituida para
cumplir con el objetivo se�alado en dicho estatuto.
- Que tiene como objetos principales, entre otros, el de representar
los intereses generales de la industria de la construcci�n de la Rep�blica Mexicana y
actuar como �rgano de consulta del estado para la satisfacci�n de las necesidades de
esta rama industrial, as� como promover la capacitaci�n de los obreros y el personal
t�cnico y administrativo que laborar en esta industria, a trav�s de la instituci�n
creada para este fin.
- Que el Ing. Pedro Strassburger Fr�as acredita su personalidad con la
escritura p�blica No. 72,990 de fecha 7 de septiembre de 1999, pasada ante la fe del Lic.
Jorge S�nchez Pruneda, Notario P�blico No. 127 del Distrito Federal.
Por lo antes expuesto, las partes est�n conformes
en otorgar las siguientes:
C L � U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO.- El
presente convenio tiene por objeto establecer el compromiso y apoyo entre
"NAFIN", "EL INFONAVIT" y "LA C�MARA", dentro de sus
respectivos �mbitos de actuaci�n, para instrumentar "EL PROGRAMA", con el fin
de apoyar las necesidades de capital de trabajo de las micro, peque�as y medianas
empresas de la industria de la construcci�n afiliadas a "LA C�MARA", para
llevar a cabo sus proyectos de inversi�n en el desarrollo de obras para la vivienda que
se establecen dentro de los programas de "EL INFONAVIT", a trav�s de los
intermediarios financieros bancarios incorporados a "EL PROGRAMA", y de
conformidad con la normatividad y programas de "NAFIN".
SEGUNDA.- OBLIGACIONES.- Para la
correcta instrumentaci�n de "EL PROGRAMA", las partes se compromenten a:
"EL INFONAVIT":
- Evaluar los proyectos de construcci�n de vivienda que presenten
las empresas promotoras afiliadas a "LA C�MARA" y autorizar el Paquete de
Vivienda que cumpla con las condiciones, requisitos y normas establecidas por "EL
INFONAVIT", e informar de su aprobaci�n al constructor.
- Proporcionar a los promotores constructores la relaci�n de
derechohabientes que cuenten con carta de asignaci�n de cr�dito, que hayan aplicado en
Paquete L�nea II, en la localidad en que se lleva a cabo el proyecto.
- Entregar, a solicitud del Banco, un reporte de la oferta-demanda en
la localidad en la que se desarrolla el proyecto.
- Proporcionar al Banco Intermediario copia de la aprobaci�n del
proyecto de construcci�n de vivienda a ser financiado.
- Verificar la terminaci�n de las viviendas, que �stas cumplan con
los t�rminos autorizados para el proyecto de construcci�n y emitir dictamen de
habitabilidad.
- Liquidar el precio de venta de las viviendas al constructor, a
trav�s del Banco.
- Brindar las facilidades y recursos para que, conjuntamente con
"NAFIN", los promotores constructores dispongan de un mecanismo de
financiamiento a tasa fija.
"LA CAMARA":
- Apoyar la realizaci�n de eventos, promoci�n, difusi�n y asistencia
t�cnica sobre las caracter�sticas de "EL PROGRAMA".
- Promover y difundir entre sus agremiados "EL PROGRAMA".
- Dar seguimiento e informar a "NAFIN", de los avances y
resultados en la instrumentaci�n de "EL PROGRAMA".
- Canalizar todas las peticiones de sus socios, tanto financieras como
de servicios, relacionadas con "EL PROGRAMA", a "NAFIN" y, en su caso,
a los Bancos participantes, en la inteligencia de que dichos socios y sus proyectos
deber�n cubrir todos los requisitos que para el efecto hayan determinado las partes.
"NAFIN":
- Promover la incorporaci�n a "EL PROGRAMA" de la Banca
Comercial.
- Acordar con los Bancos participantes en "EL PROGRAMA" los
t�rminos y condiciones para el fondeo de las operaciones y para el otorgamiento de su
garant�a.
- Garantizar y, en su caso, descontar al Banco los cr�ditos que
otorgue a los constructores, conforme a los t�rminos acordados, as� como con la
normatividad de "NAFIN".
- Establecer, conjuntamente con "EL INFONAVIT", un mecanismo
que permita ofrecer una tasa fija para los financiamientos que se otorguen a trav�s de
los Bancos.
- Propiciar la incorporaci�n de otros intermediarios financieros, como
podr�an ser las sofoles para financiar los requerimientos de capital de trabajo de los
constructores, bajo los instrumentos que est�n vigentes en ese momento.
TERCERA.- SUJETOS DE APOYO FINANCIERO.-
Micros, peque�as y medianas empresas promotoras constructoras socias de "LA
C�MARA", que est�n inscritas con registro actualizado en el padr�n de prestadores
de servicios de "EL INFONAVIT", que no tengan antecedentes de incumplimiento con
el mismo, que cuenten con contrato de promesa de venta suscrito con "EL
INFONAVIT" y que requieran financiamiento para solventar sus requerimientos de
capital de trabajo, necesario para la realizaci�n de los proyectos de construcci�n.
CUARTA.- CARACTERISTICAS DE LOS CREDITOS.-
Las caracter�sticas y condiciones de los cr�ditos (tasa, plazo, periodo de gracia, pago
de intereses y garant�as) que ofrece "EL PROGRAMA" se ajustar�n a las
pol�ticas y procedimientos de los Bancos y a las reglas de operaci�n de los programas de
"NAFIN".
QUINTA.- MEC�NICA DE OPERACI�N.-
Para solicitar los cr�ditos el promotor constructor deber� presentar su solicitud de
financiamiento al Banco e informar al �rea que "EL INFONAVIT" designe para el
control y seguimiento de "EL PROGRAMA".
Asimismo, el promotor constructor expedir� su
anuencia para que "EL INFONAVIT" realice la liquidaci�n directamente al Banco,
por el monto de los cr�ditos que haya otorgado a los derechohabientes para la
adquisici�n de las viviendas del proyecto. El Banco aplicar� el pago a los adeudos que
se deriven de "EL PROGRAMA" y entregar� el remanente al promotor constructor.
SEXTA.- VIGENCIA.- El presente
convenio estar� vigente por tiempo indefinido, para lo cual las partes se obligan a
mantenerlo actualizado y funcional, comprometi�ndose a revisar su contenido y condiciones
cuando as� lo crea conveniente cualquiera de las partes, a fin de hacer las
modificaciones que las circunstancias exijan. Las partes constituir�n para este fin una
comisi�n de seguimiento para su cumplimiento; la coordinaci�n se llevar� por parte de
"EL INFONAVIT" a trav�s de la dependencia directamente involucrados, por
"NAFIN", a trav�s de sus Direcciones Estatales y por "LA C�MARA" a
trav�s de la dependencia directamente involucrada.
S�PTIMA.- TERMIANCI�N.- El presente
convenio en el que se establece "EL PROGRAMA", podr� darse por terminado por
decisi�n de cualesquiera de las partes, comunic�ndolo por escrito a las obras con una
anticipaci�n m�nima de 60 d�as, en cualquier caso, previamente a la terminaci�n de la
vigencia del presente convenio, las partes se comprometen a concluir las acciones que se
encontrasen pendientes de ejecuci�n.
OCTAVA.- ACTOS ESPECIFICOS.- Las
partes acuerdan que la celebraci�n de actos espec�ficos con el objeto de asumir derechos
y obligaciones relacionados o derivados del presente convenio, deber�n constar por
escrito debidamente firmado por las partes.
NOVENA.- SOLUCION DE CONTROVERSIAS.-
Las partes resolver�n de com�n acuerdo y en el mejor inter�s de ellas, cualquier
controversia que pudiera surgir respecto de la interpretaci�n, ejecuci�n y cumplimiento
del presente convenio.
El presente convenio se firma por cuadruplicado en
la Ciudad de M�xico, Distrito Federal, a los 17 d�as del mes de noviembre de mil
novecientos noventa y nueve.
POR "EL INFONAVIT"
LIC. LUIS DE PABLO
DIRECTOR GENERAL
POR "NACIONAL FINANCIERA, S.N.C."
LIC. CARLOS SALES GUTI�RREZ
DIRECTOR GENERAL
POR LA "C�MARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA
DE LA CONSTRUCCI�N"
ING. PEDRO STRASSBURGER FR�AS
PRESIDENTE |

De izquierda a derecha: Lic. Luis de Pablo, Ing. Pedro
Strassburger Fr�as y el Lic. Carlos Sales Guti�rrez.
|
|