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CONVENIO DE COOPERACI�N Y ACCI�N CONJUNTA QUE CELEBRAN POR UNA PRIMERA PARTE, EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL EL LIC. LUIS DE PABLO; POR UNA SEGUNDA PARTE, NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., REPRESENTADA POR EL LICENCIADO CARLOS SALES GUTI�RREZ, LA C�MARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCI�N, REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE, EL ING. PEDRO STRASSBURGER FRIAS, PARA INSTRUMENTAR EL PROGRAMA DE CONCERTACI�N DE APOYOS FINANCIEROS PARA LA EDIFICACI�N DE VIVIENDA ASOCIADA AL INFONAVIT, EN LO SUCESIVO "EL PROGRAMA", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DELCARACIONES Y CL�USULAS:

D E C L A R A C I O N E S

  1. DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES EN LOS SUCESIVO "EL INFONAVIT":
  1. Que es un organismo de servicio social con personalidad jur�dica y patrimonio propio creado por ley publicada en el Diario Oficial de la Federaci�n el d�a 24 de abril de 1972 y que entre sus objetivos se encuentra el de administrar los recursos del Fondo Nacional de Vivienda, establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores derechohabientes obtener cr�dito barato y suficiente y coordinar y financiar programas de construcci�n de habitaciones destinadas a ser adquiridas en propiedad por los trabajadores.
  2. Que como parte de las acciones emanadas del "Compromiso por la Vivienda", realizado entre los sectores de los trabajadores, empresarios y Gobierno Federal, y con el objeto de dar continuidad a los programas institucionales que permitan reactivar la econom�a en el sector empresarial, espec�ficamente en la industria de la construcci�n, realiza acciones necesarias de coordinaci�n para la generaci�n de oferta de vivienda necesaria, para satisfacer la creciente demanda de los derechohabientes de este instituto.

  3. Que acorde con los programas institucionales y el marco normativo interno, se considera primordial brindar la asesor�a necesaria a las empresas constructoras interesadas en participar en sus programas de vivienda, con el prop�sito de que agilicen la presentaci�n y autorizaci�n de las ofertas de vivienda ante las �reas correspondientes del Instituto.
  4. Que el Lic. Luis del Pablo, es el Director General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, seg�n consta en el acta de la Sesi�n de la Asamblea General Extraordinaria No. 70 de este Instituto, del 19 de mayo de 1998, en la que se aprueba su designaci�n, a propuesta presentada por el C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Doctor Ernesto Zedillo Ponce de Le�n.
  1. DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., EN ADELANTE "NAFIN".
  1. Que en su car�cter de Instituci�n de Banca de Desarrollo, se rige por su Ley Org�nica, publicada en el Diario Oficial de la Federaci�n el 26 de diciembre de 1985 y su objeto es la promoci�n del ahorro y la inversi�n, as� como la canalizaci�n de apoyos financieros y t�cnicos al fomento industrial, y en general al desarrollo econ�mico nacional y regional del pa�s.
  2. Que conforme a los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo y a las directrices fijadas por el Ejecutivo Federal, sus actividades deben encaminarse a la promoci�n de proyectos autofinanciables, generadores de empleos, divisas y desarrollo regional, con �nfasis en los de la micro y peque�a empresa como motores de la econom�a regional.
  3. Que de acuerdo a las normas legales y lineamientos program�ticos que rigen su actividad, ha concentrado sus esfuerzos en la ejecuci�n de los programas b�sicos de promoci�n, asistencia t�cnica y capacitaci�n, descuento crediticio, garant�as de cr�dito, aportaci�n de capital temporal, minoritario y de servicios.
  4. Que "EL PROGRAMA" tiene por objeto financiar el capital de trabajo que requieren las empresas afiliadas a la C�mara Mexicana de la Industria de la Construcci�n, que realicen obras para la vivienda dentro de los programas establecidos por "EL INFONAVIT", de conformidad con la normatividad y programas de "NAFIN", a trav�s de los intermediarios financieros que participen en el mismo.
  5. Que los intermediarios financieros bancarios que participen en "EL PROGRAMA" deber�n haber celebrado con "NAFIN" el convenio general y el contrato para la participaci�n en el riesgo crediticio.
  6. Que con base en lo establecido en el inciso anterior, est� de acuerdo en apoyar mediante fondeo y garant�a, las solicitudes de cr�dito que presenten las empresas de la industria de la construcci�n, afiliadas a la C�mara Mexicana de la Industria de la Construcci�n, a trav�s de los bancos comerciales que se incorporen a "EL PROGRAMA" y que cumplan con los lineamientos y reglas de operaci�n de los programas de financiamiento de la propia "NAFIN" (el Banco).
  7. Que con el prop�sito de ampliar el acceso al financiamiento para las empresas de la industria de la construcci�n afiliadas a la C�mara Mexicana de la Industria de la Construcci�n, impulsar� la incorporaci�n de otros intermediarios financieros a "EL PROGRAMA" para apoyar mediante el fondeo de �stas, las necesidades de capital de trabajo de dichas empresas, requerido para la edificaci�n de vivienda, dentro de los programas de "EL INFONAVIT".
  8. Que el Lic. Carlos Sales Guti�rrez, acredita su personalidad con la escritura p�blica No. 112,792 de fecha 4 de febrero de 1997, pasada ante la fe del Lic. Homero D�az Rodr�guez, Notario P�blico No. 54 del Distrito Federal, inscrita en el Registro P�blico de Comercio en el Folio Mercantil No. 81,341 el 11 de febrero de 1997.
  1. DE LA CAMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION, EN LO SUCESIVO "LA CAMARA"
  1. Que de conformidad con el art�culo primero de la Ley de C�maras de Comercio y de la Industria, y el art�culo 1.1 de su estatuto publicado en el Diario Oficial de la Federaci�n de fecha 14 de enero de 1977, es una instituci�n P�blica Aut�noma, con personalidad jur�dica propia y duraci�n indefinida: constituida para cumplir con el objetivo se�alado en dicho estatuto.
  2. Que tiene como objetos principales, entre otros, el de representar los intereses generales de la industria de la construcci�n de la Rep�blica Mexicana y actuar como �rgano de consulta del estado para la satisfacci�n de las necesidades de esta rama industrial, as� como promover la capacitaci�n de los obreros y el personal t�cnico y administrativo que laborar en esta industria, a trav�s de la instituci�n creada para este fin.
  3. Que el Ing. Pedro Strassburger Fr�as acredita su personalidad con la escritura p�blica No. 72,990 de fecha 7 de septiembre de 1999, pasada ante la fe del Lic. Jorge S�nchez Pruneda, Notario P�blico No. 127 del Distrito Federal.

Por lo antes expuesto, las partes est�n conformes en otorgar las siguientes:

C L � U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO.- El presente convenio tiene por objeto establecer el compromiso y apoyo entre "NAFIN", "EL INFONAVIT" y "LA C�MARA", dentro de sus respectivos �mbitos de actuaci�n, para instrumentar "EL PROGRAMA", con el fin de apoyar las necesidades de capital de trabajo de las micro, peque�as y medianas empresas de la industria de la construcci�n afiliadas a "LA C�MARA", para llevar a cabo sus proyectos de inversi�n en el desarrollo de obras para la vivienda que se establecen dentro de los programas de "EL INFONAVIT", a trav�s de los intermediarios financieros bancarios incorporados a "EL PROGRAMA", y de conformidad con la normatividad y programas de "NAFIN".

SEGUNDA.- OBLIGACIONES.- Para la correcta instrumentaci�n de "EL PROGRAMA", las partes se compromenten a:

"EL INFONAVIT":

  • Evaluar los proyectos de construcci�n de vivienda que presenten las empresas promotoras afiliadas a "LA C�MARA" y autorizar el Paquete de Vivienda que cumpla con las condiciones, requisitos y normas establecidas por "EL INFONAVIT", e informar de su aprobaci�n al constructor.
  • Proporcionar a los promotores constructores la relaci�n de derechohabientes que cuenten con carta de asignaci�n de cr�dito, que hayan aplicado en Paquete L�nea II, en la localidad en que se lleva a cabo el proyecto.
  • Entregar, a solicitud del Banco, un reporte de la oferta-demanda en la localidad en la que se desarrolla el proyecto.
  • Proporcionar al Banco Intermediario copia de la aprobaci�n del proyecto de construcci�n de vivienda a ser financiado.
  • Verificar la terminaci�n de las viviendas, que �stas cumplan con los t�rminos autorizados para el proyecto de construcci�n y emitir dictamen de habitabilidad.
  • Liquidar el precio de venta de las viviendas al constructor, a trav�s del Banco.
  • Brindar las facilidades y recursos para que, conjuntamente con "NAFIN", los promotores constructores dispongan de un mecanismo de financiamiento a tasa fija.

 

"LA CAMARA":

  • Apoyar la realizaci�n de eventos, promoci�n, difusi�n y asistencia t�cnica sobre las caracter�sticas de "EL PROGRAMA".
  • Promover y difundir entre sus agremiados "EL PROGRAMA".
  • Dar seguimiento e informar a "NAFIN", de los avances y resultados en la instrumentaci�n de "EL PROGRAMA".
  • Canalizar todas las peticiones de sus socios, tanto financieras como de servicios, relacionadas con "EL PROGRAMA", a "NAFIN" y, en su caso, a los Bancos participantes, en la inteligencia de que dichos socios y sus proyectos deber�n cubrir todos los requisitos que para el efecto hayan determinado las partes.

"NAFIN":

  • Promover la incorporaci�n a "EL PROGRAMA" de la Banca Comercial.
  • Acordar con los Bancos participantes en "EL PROGRAMA" los t�rminos y condiciones para el fondeo de las operaciones y para el otorgamiento de su garant�a.
  • Garantizar y, en su caso, descontar al Banco los cr�ditos que otorgue a los constructores, conforme a los t�rminos acordados, as� como con la normatividad de "NAFIN".
  • Establecer, conjuntamente con "EL INFONAVIT", un mecanismo que permita ofrecer una tasa fija para los financiamientos que se otorguen a trav�s de los Bancos.
  • Propiciar la incorporaci�n de otros intermediarios financieros, como podr�an ser las sofoles para financiar los requerimientos de capital de trabajo de los constructores, bajo los instrumentos que est�n vigentes en ese momento.

TERCERA.- SUJETOS DE APOYO FINANCIERO.- Micros, peque�as y medianas empresas promotoras constructoras socias de "LA C�MARA", que est�n inscritas con registro actualizado en el padr�n de prestadores de servicios de "EL INFONAVIT", que no tengan antecedentes de incumplimiento con el mismo, que cuenten con contrato de promesa de venta suscrito con "EL INFONAVIT" y que requieran financiamiento para solventar sus requerimientos de capital de trabajo, necesario para la realizaci�n de los proyectos de construcci�n.

CUARTA.- CARACTERISTICAS DE LOS CREDITOS.- Las caracter�sticas y condiciones de los cr�ditos (tasa, plazo, periodo de gracia, pago de intereses y garant�as) que ofrece "EL PROGRAMA" se ajustar�n a las pol�ticas y procedimientos de los Bancos y a las reglas de operaci�n de los programas de "NAFIN".

QUINTA.- MEC�NICA DE OPERACI�N.- Para solicitar los cr�ditos el promotor constructor deber� presentar su solicitud de financiamiento al Banco e informar al �rea que "EL INFONAVIT" designe para el control y seguimiento de "EL PROGRAMA".

Asimismo, el promotor constructor expedir� su anuencia para que "EL INFONAVIT" realice la liquidaci�n directamente al Banco, por el monto de los cr�ditos que haya otorgado a los derechohabientes para la adquisici�n de las viviendas del proyecto. El Banco aplicar� el pago a los adeudos que se deriven de "EL PROGRAMA" y entregar� el remanente al promotor constructor.

SEXTA.- VIGENCIA.- El presente convenio estar� vigente por tiempo indefinido, para lo cual las partes se obligan a mantenerlo actualizado y funcional, comprometi�ndose a revisar su contenido y condiciones cuando as� lo crea conveniente cualquiera de las partes, a fin de hacer las modificaciones que las circunstancias exijan. Las partes constituir�n para este fin una comisi�n de seguimiento para su cumplimiento; la coordinaci�n se llevar� por parte de "EL INFONAVIT" a trav�s de la dependencia directamente involucrados, por "NAFIN", a trav�s de sus Direcciones Estatales y por "LA C�MARA" a trav�s de la dependencia directamente involucrada.

S�PTIMA.- TERMIANCI�N.- El presente convenio en el que se establece "EL PROGRAMA", podr� darse por terminado por decisi�n de cualesquiera de las partes, comunic�ndolo por escrito a las obras con una anticipaci�n m�nima de 60 d�as, en cualquier caso, previamente a la terminaci�n de la vigencia del presente convenio, las partes se comprometen a concluir las acciones que se encontrasen pendientes de ejecuci�n.

OCTAVA.- ACTOS ESPECIFICOS.- Las partes acuerdan que la celebraci�n de actos espec�ficos con el objeto de asumir derechos y obligaciones relacionados o derivados del presente convenio, deber�n constar por escrito debidamente firmado por las partes.

NOVENA.- SOLUCION DE CONTROVERSIAS.- Las partes resolver�n de com�n acuerdo y en el mejor inter�s de ellas, cualquier controversia que pudiera surgir respecto de la interpretaci�n, ejecuci�n y cumplimiento del presente convenio.

El presente convenio se firma por cuadruplicado en la Ciudad de M�xico, Distrito Federal, a los 17 d�as del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

POR "EL INFONAVIT"
LIC. LUIS DE PABLO
DIRECTOR GENERAL

POR "NACIONAL FINANCIERA, S.N.C."
LIC. CARLOS SALES GUTI�RREZ
DIRECTOR GENERAL

POR LA "C�MARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA
DE LA CONSTRUCCI�N"
ING. PEDRO STRASSBURGER FR�AS
PRESIDENTE

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De izquierda a derecha: Lic. Luis de Pablo, Ing. Pedro Strassburger Fr�as y el Lic. Carlos Sales Guti�rrez.