CMIC - Comisión de Infraestructura Hidráulica
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Comisión de Infraestructura Hidráulica

Vicepresidente Nacional
Nombre

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CAPÍTULO I - 11

 

CRITERIO PARA EL USO,

 MANEJO Y DISPOSICIÓN DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS DEL TRATAMIENTO

 

TABLA DE CONTENIDO

 

 

 

1.1        ALCANCE.......................................................................................................................... 2

1.2        REQUISITOS GENERALES................................................................................................. 2

1.3        CÓDIGOS Y NORMAS DE DISEÑO...................................................................................... 4

1.4        CAPÍTULOS RELACIONADOS............................................................................................. 4

1.5        REQUISITOS DE DISEÑO................................................................................................... 5

1.6        CALIDAD DE LOS LODOS Y BIOSÓLIDOS........................................................................... 6

1.7        CRITERIOS GENERALES DE DISEÑO DEL TREN DE TRATAMIENTO DE LODOS................... 7

1.8        DISPOSICIÓN FINAL DE LOS BIOSÓLIDOS Y DEMÁS RESIDUOS SÓLIDOS DEL TRATAMIENTO DE LAS AGUAS RESIDUALES.................................................................................................................... 9

1.9        CRITERIOS DE DISEÑO DEL PROCESO DEL TREN DE TRATAMIENTO DE LODOS.............. 11

1.10      SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS..................................................... 14

1.11      REQUISITOS DE MONITOREO PARA CONTROL DE PROCESO Y CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL   16

 

 

 

 

 

 


 

 

CAPÍTULO I - 11

 

CRITERIO PARA EL USO, MANEJO Y DISPOSICIÓN DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS DEL TRATAMIENTO

 

 

1.1               ALCANCE

 

Este capítulo cubre los criterios de diseño del proceso que deberán usarse para el diseño, construcción, puesta en marcha y operación del TREN DE TRATAMIENTO DE LODOS de la PTAR Atotonilco. En este capítulo se hace referencia a los requisitos mínimos que deberá cumplir el proceso de manejo y tratamiento de los residuos del tratamiento de las aguas residuales así como su disposición final.

La disposición de los residuos sólidos del tratamiento se realizará en dos etapas: en el período inicial de mínimo 4 (cuatro) años los residuos se dispondrán dentro del terreno de la PTAR en un monorelleno. En los años siguientes se dispondrán fuera del terreno de la PTAR, de acuerdo a un plan futuro de disposición y reuso de estos residuos a ser definido por la CONAGUA. El diseño del proceso que será realizado en primera instancia por el LICITANTE y, posteriormente a la adjudicación, por el CONTRATISTA, deberá ejecutarse con apego a las prácticas y principios de ingeniería reconocidos internacionalmente.

1.2               REQUISITOS GENERALES

 

A.             El contenido de esta especificación es enunciativo más no limitativo. El LICITANTE  será único, exclusivo y total responsable de la selección y el diseño del proceso del TREN DE TRATAMIENTO DE LODOS, mismo que debe incluir tratamiento con tecnología completamente probada y que asegure cumplir con la calidad de lodos y biosólidos que indica la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SEMARNAT-2002, Protección Ambiental.- Lodos y biosólidos.- especificaciones y límites máximos permisibles de contaminantes para su aprovechamiento y disposición final y/o cumplir con todos los ordenamientos legales aplicables en esta materia.

En las operaciones y procesos del tren de tratamiento de lodos, aplicará el criterio de “similar”, cuando el o los parámetros de diseño que definen el volumen, capacidad o área superficial de la unidad de digestión o desaguado, tengan una variación de más/menos el 25% del valor de diseño propuesto por el LICITANTE en dichos parámetros para las unidades de proceso de la PTAR Atotonilco. En la temperatura de digestión anaerobia aplicará el criterio de más o menos 2 grados centígrados.

El LICITANTE deberá acreditar documentalmente la vinculación del desarrollador y/o proveedor de la “tecnología completamente probada” a que se alude en el párrafo previo, ya sea como proveedor de la tecnología en cuestión, o bien participando como responsable del diseño e implementación de la etapa en que se utilizaría la tecnología en cuestión.

B.            El LICITANTE seleccionará el proceso de tratamiento que utilizará para cumplir con la calidad de los biosólidos solicitada en este capítulo; en apego a los criterios de diseño que aquí se especifican. El LICITANTE acepta la responsabilidad total con respecto a los requisitos de eficiencias de tratamiento e hidráulica de las instalaciones por él propuestas, así como del período de operación y mantenimiento posterior a la puesta en marcha de la PTAR.

C.            Para el diseño de las operaciones y procesos del tren de tratamiento de lodos, se recurrirá a lo establecido en la Referencia Técnica de Proceso.

D.            El LICITANTE podrá proponer en base a su propia experiencia, tecnologías y procesos con criterios de diseño diferentes, o que no figuran, en las Referencias Técnicas de Proceso. Para tal efecto, el LICITANTE acreditará su funcionamiento como “tecnología completamente probada”, entregando con su PROPUESTA TÉCNICA, carta membretada y firmada de satisfacción por la entidad, agencia pública o autoridad local que recibe el servicio de tratamiento de las aguas, o por una entidad reguladora pública que verificó el cumplimiento contractual de las obras y/o servicios contratados, precisando el nombre,  cargo, e información de contacto de quien firma, que deberá confirmar:

·          Características de la planta y/o tecnología referida: caudal y cargas promedio y máximo de diseño, operaciones y procesos de tratamiento; calidad del AGUA CRUDA y del AGUA TRATADA en términos de DBO5 y SST, tipo de lodos generados, masa de lodos, concentración y volumen de lodos, tanto promedio anual como estacional.

·          Referencia del contrato de construcción y/o operación indicando la empresa contratada y la fecha de inicio de operación de la planta de tratamiento referida.

·          Que la planta de tratamiento y/o tecnología referida está operando satisfactoriamente, bajo las condiciones de diseño.

La carta en cuestión no podrá ser emitida por empresa o sociedad que sea filial del LICITANTE o con alguna vinculación con la casa matriz del LICITANTE, o de alguno de sus asociados, en su caso.

 

E.            El LICITANTE incluirá en su PROPUESTA, el diseño de la ingeniería básica del tren de tratamiento de lodos de la PTAR con capacidad para el manejo, tratamiento y disposición de los residuos sólidos y lodos generados en el tratamiento de los caudales arriba indicados; posteriormente, ya como CONTRATISTA, elaborará el  proyecto ejecutivo y la construcción y equipamiento de la PTAR. Para la disposición final de los residuos sólidos del tratamiento, en la PROPUESTA se elaborará el proyecto básico únicamente del período inicial del monorelleno en el terreno de la PTAR.

F.             El LICITANTE deberá contemplar en su propuesta la digestión anaerobia para los lodos del TPC, la disposición final de los biosolidos en el monorrelleno, asi como el aprovechamiento del biogás producido para la generación de energía eléctrica, Para los lodos del TPQ el LICITANTE podrá optar por la estabilización de lodos incluyendo la estabilización con cal, la digestión anaerobia o la incineración de lodos. En cualquier caso, el LICITANTE será responsable de cumplir con las disposiciones de las leyes ambientales aplicables.

G.            No se aceptará que el diseño de la PTAR, en su conjunto, incluyendo todas las instalaciones, equipamiento y obras complementarias rebase los límites del predio disponible para la construcción de la PTAR, indicados de acuerdo a lo establecido en el Capítulo I – 1.

H.            El LICITANTE incluirá en su propuesta de diseño, dentro del documento No.9 del Apéndice 4, un apartado en el que analice y garantice la confiabilidad y flexibilidad operativa del proceso de tratamiento y disposición de los residuos sólidos resultantes del  funcionamiento de la PTAR.

I.                En el diseño del proceso el LICITANTE deberá especificar que todos los materiales y equipos que sean propuestos, serán nuevos y con fabricación de patente. Los equipos y materiales que no sean especificados en el diseño, pero que serán necesarios para el funcionamiento completo del proceso, deberá especificarse que serán suministrados de acuerdo al nivel de calidad exigido en las especificaciones de los demás materiales y equipos incluidos en el diseño.

 

1.3               CÓDIGOS Y NORMAS DE DISEÑO

 

A.      A excepción de que se indique lo contrario, todos los criterios de diseño, materiales, mano de obra y equipos que el LICITANTE proponga utilizar en el diseño del proceso, deben cumplir con las Leyes y Reglamentos aplicables del Gobierno de México y congruentes con los requisitos que establecen las normas, códigos, manuales y bibliografía de diseño establecidos en el Capítulo I – 2.

B.            En los casos en que exista controversia, contraposición y/o conflicto entre las leyes, normas, reglamentos, códigos, manuales y bibliografía de diseño; prevalecerá la más estricta.

 

1.4               CAPÍTULOS RELACIONADOS

 

Capítulo I – 2 Sección Criterios de Diseño

Capítulo I – 3 Sección Criterios de Diseño Civil e Hidráulico

Capítulo I – 5 Sección Criterios del Proceso Tren de Tratamiento de Agua

Capítulo I – 6 Sección Criterios de Diseño Estructural

Capítulo I – 7 Sección Criterios de Diseño Arquitectónico y Mecánico de Edificios

Capítulo I – 8 Sección Criterios de Diseño Mecánico, Tuberías y Válvulas

Capítulo I – 9 Sección Criterios de Diseño Eléctrico

Capítulo I – 10 Sección Criterios de Diseño de Control

Capítulo 1 -12 Cogeneración de Energía Eléctrica

Capítulo 1- 13 Requerimientos Ambientales

1.5               REQUISITOS DE DISEÑO

 

A.             El LICITANTE incluirá en su PROPUESTA las instalaciones para manejar, tratar y efectuar la disposición final de todos los residuos sólidos del tratamiento (material cribado, arenas,  y biosólidos), dentro del terreno de la PTAR para su disposición final en el período inicial de acuerdo a los lineamientos establecidos en la legislación aplicable existente.

B.            Los lodos del TPQ a juicio del LICITANTE podrán ser tratados por digestión anaerobia, por estabilización con cal ó se podrá optar por efectuar la incineración de los lodos, en cuyo caso las cenizas deberán ser enviadas al monorrelleno para su disposición final.

 

C.            La estabilización de los lodos resultantes del tratamiento de agua en el TPC y en su caso el TPQ si así lo propone el LICITANTE se efectuará mediante el proceso de digestión anaerobia de lodos de tipo mesofílico. El LICITANTE está en libertad de proponer variaciones al proceso y tecnologías complementarias que maximicen la destrucción de los sólidos suspendidos volátiles (SSV), obteniendo en contraparte mayor generación de metano y energía, menores costos de acarreo y disposición final de lodos, así como alargar la vida útil del sitio de disposición final.

D.            El LICITANTE efectuará el diseño del sistema de desaguado de lodos de su PROPOSICIÓN, para obtener una concentración de sólidos en los lodos igual o mayor al 28%.

E.            El LICITANTE podrá proponer el uso de patios de secado de lodos, posterior a la etapa de desaguado mecánico del lodo. Para tal efecto se deberá incluir en el diseño lo siguiente: a) cubierta fijas o móviles para evitar la precipitación pluvial directa, b) adecuado manejo de los escurrimientos pluviales sobre las cubiertas, c) en caso de ser estructuras cerradas, se incluirán dispositivos de extracción de humedad. La operación de los patios o estructuras de secado de lodos podrán ser de operación estacional.

F.             El LICITANTE incluirá el diseño de un sistema de control y tratamiento de los olores generados y emitidos en el edificio de desaguado de lodos y de espesadores por gravedad, en su caso.

G.            El LICITANTE deberá prever  para el lavado y prensado de sólidos del cribado, lavado y clasificación de arenas; agua de dilución, de lavado y de servicios de las unidades y etapas del TREN DE TRATAMIENTO DE LODOS, utilizará efluente tratado de la PTAR, adecuándolo a las características de calidad requeridas para los usos indicados.

H.            La CONAGUA establece en el numeral 1.9 para unidades relevantes del TREN DE TRATAMIENTO de lodos criterios y valores de diseño que deberán ser adoptados por el LICITANTE.  No es intención de la CONAGUA restringir el uso de tecnologías y procesos novedosos y probados, con mejor desempeño y eficiencia en el uso del espacio, la energía y los productos químicos. Los límites establecidos aplican sólo para procesos y tecnologías de tipo convencional, por lo que el LICITANTE podrá proponer y utilizar valores que excedan los límites aquí establecidos, apegándose a lo requerido en los apartados A y D del numeral 1.2 REQUISITOS GENERALES.

I.                 La CONAGUA verificará el cumplimiento de la calidad de los biosólidos generados en la PTAR, de acuerdo con el objetivo de calidad establecido en este capítulo.

 

1.6               CALIDAD DE LOS LODOS Y BIOSÓLIDOS

 

A.             El LICITANTE efectuará el diseño del tren de tratamiento de lodos para cumplir con la calidad de lodos y biosólidos que indica la “Norma Oficial Mexicana NOM-004-SEMARNAT-2002, Protección Ambiental.- Lodos y biosólidos.- especificaciones y límites máximos permisibles para su aprovechamiento y disposición final”, particularmente lo establecido en la Tabla 1 de dicha norma que corresponde a clase C.

TABLA 1 LÍMITES MAXIMOS PERMISIBLES PARA PATÓGENOS Y PARÁSITOS EN LODOS Y BIOSÓLIDOS

Clase

Indicador bacteriológico de contaminación

Patógenos

Parásitos

 

Coliformes fecales
NMP/g en base seca

Salmonella spp.
NMP/g en base seca

Huevos de helmintos/g, en base seca

C

Menor de 2 000 000

Menor de 300

Menor de 35

NMP = número más probable

 

El CONTRATISTA vigilará que los biosólidos cumplan con los valores máximos permisibles de metales pesados para correspondientes a la categoría “Buenos” que se presenta en la Tabla 2. En caso de cualquier desviación, notificará de inmediato a la CONAGUA.

 

 

TABLA 2 LÍMITES MAXIMOS PERMISIBLES PARA METALES PESADOS EN BIOSÓLIDOS

Contaminante
(determinados en forma total)

Buenos
mg/kg, en base seca

Arsénico

75

Cadmio

85

Cromo

3 000

Cobre

4 300

Plomo

840

Mercurio

57

Níquel

420

Zinc

7 500

 

B.            El método requerido para el período inicial de la disposición final de los residuos sólidos del tratamiento,  incluyendo material cribado y arenas resultantes del tratamiento preliminar y los biosólidos, será el de monorelleno. En caso de recurrir a incineración para el manejo de lodos del TPQ, el método de disposición final de las cenizas también será el monorrelleno. Con el fin de diseñar estas instalaciones, el LICITANTE se apegará, en lo procedente, a la Norma Oficial Mexicana “NOM-083-SEMARNAT-2003 Especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial”, para sitio de disposición final Tipo “A”.

El diseño y construcción del sitio de disposición final en el periodo inicial para biosólidos deberá también cumplir con lo que establecen los ordenamientos siguientes: “Guía para el manejo, tratamiento y disposición de lodos residuales de plantas de tratamiento municipales” elaborado por la CONAGUA en septiembre de 1999.

C.            El CONTRATISTA deberá de cumplir con las normas existentes y vigentes, y cualquier otro requisito que la autoridad establezca al otorgar los permisos y autorizaciones ambientales requeridas. 

D.            Adicional a lo establecido en los numerales A, B y C, el CONTRATISTA deberá cumplir con lo que establecen: la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y la Ley para la Protección al Ambiente en el Estado de Hidalgo, México.

E.            Al inicio de la operación del TPQ (mes 28 a partir del ACTA DE INICIO DEL CPS), los lodos primarios crudos deshidratados producidos deberán ser estabilizados o incinerados por el CONTRATISTA previo a su disposición final en el monorrelleno. Una vez que arranque la operación del TPC (mes 41 a partir del ACTA DE INICIO DEL CPS), los lodos de este tren y del TPQ si así lo considera el LICITANTE en su propuesta deberán ser digeridos para producir biogas. El exceso de lodos del TPQ producidos por la sobrecarga durante la época de lluvias podrán ser digeridos, estabilizados con cal o incinerados según la propuesta del LICITANTE antes de ser confinados en el monorrelleno. El exceso de lodos del TPC producidos por cualquier sobrecarga deberán ser digeridos anaerobicamente y los biosólidos enviados al monorrelleno para su disposición final. Los lodos del TPQ y TPC bajo ninguna circunstancia, ni de carácter temporal, podrán ser dispuestos sin cumplir con las disposiciones y especificaciones establecidas en la NOM-004-SEMARNAT-2002.

 

1.7               CRITERIOS GENERALES DE DISEÑO DEL TREN DE TRATAMIENTO DE LODOS

 

A.             El diseño del proceso del tren de tratamiento de lodos debe tener la capacidad suficiente para cumplir con los criterios de calidad para los lodos y biosólidos establecidos en este Capítulo, bajo las características y caudales de agua residual influente definida en el Capítulo I – 5. Para el diseño de todas las instalaciones de tratamiento y en la estimación de los requisitos de operación y mantenimiento, el LICITANTE deberá utilizar los siguientes criterios de diseño:

1.       Operaciones y Procesos Unitarios de Tratamiento: diseñados para manejar, tratar, acarrear y disponer adecuadamente la producción de los residuos sólidos (material cribado, arenas, y biosólidos) del tratamiento de agua correspondiente al TPC y el TPQ.

2.        Estructuras y Conducciones Hidráulicas y Equipos de tratamiento: diseñadas para manejar adecuadamente el rango de caudales y concentraciones de lodos, las cargas máximas mensuales y la producción de residuos sólidos,  lodos y biosólidos.

3.        Requisitos de Operación y Mantenimiento: Estimados en base a las cargas promedio del período de estiaje y de período de lluvias. 

4.       Condiciones de carga de contaminantes en el agua residual influente que el LICITANTE deberá considerar en el diseño del tren de tratamiento de lodos   han sido definidas en el Capítulo I-5.

B.            Capacidad del tren de tratamiento de lodos. El LICITANTE efectuará el diseño del tren de manejo y tratamiento de lodos con base en el mayor caudal y masa de sólidos obtenida del cálculo de las condiciones de carga previstas en el numeral previo, y en consistencia a lo establecido en el Capítulo I-5.  

C.            Para el caso de quedar fuera de operación alguna o algunas unidades que integran el proceso de tratamiento; el LICITANTE deberá incluir en el diseño un criterio conservador para no deteriorar el funcionamiento de las demás unidades de proceso, considerando un número estimado de unidades de proceso fuera de servicio. Todos los procesos unitarios y sus subcomponentes deben ser diseñados como unidades múltiples, capaces de funcionar adecuadamente con la unidad y equipo más grande fuera de servicio. Deben incluirse previsiones para poder aislar y desaguar cada unidad para su mantenimiento y reparación.

D.            Las grasas y aceites removidas en el pretratamiento de la PTAR serán incorporadas a la digestión anaerobia de lodos. Al inicio de la operación del TPQ (mes 28 a partir del ACTA DE INICIO DEL CPS), las grasas y aceites producidos deberán ser mezcladas con los lodos para posteriormente ser desaguados y estabilizados antes de ser confinados en el monorrelleno (disposición final en el periodo inicial). Una vez que arranque la operación del TPC (mes 41 a partir del ACTA DE INICIO DEL CPS), todas las grasas y aceites producidos deberán ser enviadas a la digestión anaerobia. Estas grasas y aceites no serán consideradas en el balance de masa de la generación de biogás de la digestión anaerobia.

E.            Las corrientes internas de retorno provenientes del prensado de sólidos, lavado de arenas, espesamiento de lodos, del desaguado de biosólidos, o de cualquier etapa del tren de tratamiento y de disposición final en el periodo inicial  de biosólidos, no podrán ser descargadas directamente a algún cuerpo receptor, por lo que deberán ser reincorporadas a las obras del tren de tratamiento de agua.

F.             Para el diseño y construcción de las instalaciones relativas al tratamiento de los lodos, el LICITANTE no podrá integrar en su proposición, estructuras formadas con bordos de tierra.

G.            El LICITANTE no podrá incluir en su proposición la digestión aerobia de los lodos generados en el tren de tratamiento de agua.

H.            El LICITANTE no podrá efectuar la purga de lodo secundario del proceso de lodos activados, en su caso,  hacia las unidades de sedimentación primaria para efectuar la mezcla y co-espesamiento de ambas corrientes de lodos.

I.                El LICITANTE no podrá incluir en su proposición el espesamiento gravitacional de los lodos primarios y secundarios de un proceso de lodos activados combinados.

J.              FLEXIBILIDAD OPERATIVA. El LICITANTE incorporará en el diseño del tren de manejo y tratamiento de los residuos sólidos, la flexibilidad suficiente para asegurar el cumplimiento permanente de los requisitos aquí definidos aún cuando se encuentren fuera de servicio una  unidad y/o equipos electromecánicos involucrados por mantenimiento y/o avería.

 

1.8               DISPOSICIÓN FINAL DE LOS BIOSÓLIDOS Y DEMÁS RESIDUOS SÓLIDOS DEL TRATAMIENTO DE LAS AGUAS RESIDUALES

Para la disposición final de los  biosólidos de la PTAR Atotonilco, el LICITANTE deberá prever los esquemas que maximicen la vida útil de los sitios de disposición final, de manera enunciativa:

·          procesos de digestión anaerobia con mayor destrucción de SSV,

·          desaguado de lodos a mayor concentración de sólidos;

·          secado o composteo de lodos para reducir al mínimo el contenido de humedad,

La implementación de una o más de las acciones enunciadas permitirá maximizar el potencial de cogeneración de energía eléctrica a partir del biogás generado por la digestión anaeróbica, así como reducir la masa y/o volumen de lodos a disposición final, sin embargo dada la muy elevada producción de lodos en la PTAR Atotonilco, a mediano plazo se requerirá habilitar más sitios fuera del predio de la PTAR para la disposición final de los biosólidos.

Con el fin de garantizar la disponibilidad de un método para la disposición de los residuos sólidos del tratamiento una vez  que se inicie la operación de la PTAR, el CONTRATISTA construirá y operará un monorelleno para la disposición final de estos residuos dentro de los terrenos actuales de la PTAR por un periodo de 4  años. Este periodo se define como el periodo de “disposición final en el periodo inicial” de los residuos de tratamiento.

Para la disposición final de los lodos estabilizados provenientes del TPQ, producidos durante el periodo comprendido entre el inicio de operación del TPQ y el arranque del TPC (mes 28 al mes 40 a partir del ACTA DE INICIO DEL CPS), el CONTRATISTA deberá habilitar y utilizar las celdas necesarias para confinar dicho residuo.

La CONVOCANTE ha identificado en las cercanías del sitio de la PTAR Atotonilco cárcavas o socavones de bancos de material de calizas y arcillas que han sido explotados por muchos años por la industria cementera y caleras de la zona y que podrían ser restaurados y aprovechados para la disposición de los biosólidos de la PTAR mas allá del periodo inicial de disposición.

Para tal efecto, una vez seleccionado y adquirido el sitio o sitios para la futura disposición final, la CONVOCANTE podrá solicitar al CONTRATISTA la elaboración de los proyectos y obras adicionales, o podrá convocar a una nueva Licitación para los servicios de disposición final y/o reuso benéfico (en el caso exclusivo de los biosólidos). En este último supuesto, el CONTRATISTA continuaría siendo responsable de efectuar la carga y acarreo del material cribado y arenas del pretratamiento, y de los biosólidos a los nuevos sitios de disposición final.

Para fines de la elaboración de la propuesta, el LICITANTE considerará lo siguiente para la disposición final de los sólidos, arenas,  y los biosólidos de la PTAR:

·          El LICITANTE incluirá en su PROPUESTA el diseño básico de un monorelleno para la disposición final del material cribado, arenas y gravillas y los biosólidos, con capacidad mínima útil de  4 (cuatro) años de operación continua bajo cargas estacionales promedio, mismo que será construido dentro del predio destinado para la PTAR, cuyas características y dimensiones se indican en el Capítulo I–1..

·          El monorelleno será operado por el CONTRATISTA de tal forma que se mantendrán separados los residuos del pretratamiento de los biosólidos. El CONTRATISTA deberá incluir provisiones en su diseño para posibilitar una eventual evacuación de los biosólidos dispuestos en el monorelleno.

·          La masa y volumen de biosólidos a disposición final en el periodo inicial en el monorelleno la calculará el LICITANTE con base en las concentraciones promedio de los periodos de estiaje y lluvias de contaminantes en el agua residual influente a la PTAR definidos en el capítulo I-5.

·          Que los biosólidos en el monorelleno dentro del predio de la PTAR se mezclarán con material producto de excavación o material de banco adecuado, para obtener una sequedad al menos del 55% antes de su disposición final.

·          Está en el alcance de la PROPUESTA del LICITANTE la obtención y acarreo del material de mezcla requerido para el monorelleno dentro de la etapa de disposición inicial.

·          Que los futuros sitios para disposición final se localiza(n) a una distancia no mayor a 20 (veinte) kilómetros de la PTAR.

·          Que los biosólidos destinados a los futuros sitios de disposición final no serán mezclados con otros materiales secos antes de su transporte. El CONTRATISTA asumirá que, cualquier tratamiento y/o manejo final necesario, para su disposición y/o reuso en sitios destinados en el futuro, será responsabilidad de otros.

·          Que el recorrido de los camiones de acarreo se efectuará en caminos de terraceria en lomerío suave.

 

Para la evaluación económica de la PROPUESTA, la CONVOCANTE utilizará el siguiente procedimiento:

·          El LICITANTE incluirá en su PROPUESTA una tarifa unitaria por carga y acarreo de los residuos sólidos de tratamiento a una distancia no mayor a 20 km, misma que se expresará en $/ton/km (base húmeda).

·          A partir de la fecha en que concluye la vida útil del sitio de disposición final dentro del predio de la PTAR, se aplicará la tarifa de acarreo indicada por el LICITANTE, sobre la masa total, en base húmeda, a disposición final.

·          Se aplicará un costo de 120 $/ton, en base húmeda, a la masa total de los residuos sólidos incluidos en la PROPUESTA de cada LICITANTE para establecer el costo total asociado con su  disposición final fuera del predio de la PTAR. Se asumirá una distancia de 20 kms al sitio de disposición final.

 

1.9               CRITERIOS DE DISEÑO DEL PROCESO DEL TREN DE TRATAMIENTO DE LODOS

 

En lo que respecta al manejo de los lodos generados en el proceso de tratamiento, cada uno de los procesos unitarios definidos se diseñará por el LICITANTE para manejar y tratar adecuadamente por lo menos la producción de lodos que resulte mayor de las cargas de diseño establecidas en el numeral 1.7.

De acuerdo con los parámetros de diseño, así como criterios plenamente aceptados en la especialidad del diseño de operaciones y procesos para el manejo y tratamiento de lodos en plantas de tratamiento de aguas residuales municipales, el LICITANTE efectuará el dimensionamiento detallado de cada una de las unidades.

El proyecto incluirá también el diseño de las interconexiones a gravedad y por bombeo entre las unidades del TREN DE TRATAMIENTO DE LODOS, los elementos de almacenamiento temporal de lodo crudo, espesado, digerido y/o desaguado, la recolección de efluentes líquidos, el manejo de todos los residuos sólidos del tratamiento, así como la estación de carga de los biosólidos para su acarreo y disposición final.

El diseño de las estructuras hidráulicas deberá considerar el manejo adecuado del caudal máximo de lodos producidos, en condiciones desfavorables de concentración de sólidos, cuando alguna(s) unidades se encuentre(n) fuera de servicio por reparación y/o mantenimiento.

Las grasas y aceites removidas en la etapa de desengrasado, en su caso, y en la etapa de sedimentación primaria deberán enviarse a la etapa de digestión anaerobia de lodos, y como se menciona en el numeral 1.7 inciso D.

El lodo residual y excedente de las etapas de tratamiento primario y/o secundario deberá ser removido automáticamente y manejado de acuerdo a los requisitos definidos para la disposición final de los residuos sólidos del tratamiento.

El manejo propuesto de los lodos no deberá emitir olores ni compuestos tóxicos al ambiente laboral o zonas aledañas a la PTAR. En particular, aunque no exclusivamente, se debe cumplir con la NOM 010-STPS-1999. Las instalaciones consideradas para el espesado y desaguado de lodos deberán ser cubiertas, y sus emisiones tratadas de tal forma que la concentración máxima de H2S medida en su punto de salida a la atmósfera no exceda de 0.5 ppm o se obtenga una eficiencia de remoción de H2S al menos del 99%, la que resulte mayor.

Los excedentes líquidos del tratamiento, tales como agua de lavado de arena y de compactación del material cribado, retornos de las operaciones de espesado y desaguado de lodos, demasías y otros flujos que drenan a través de la PTAR y del monorelleno de disposición de residuos sólidos, serán regresados a la estructura de Obra de Toma de la PTAR para su tratamiento. El punto de introducción de los excedentes quedará ubicado aguas abajo de la medición, muestreo y caracterización del flujo de agua residual cruda.

El LICITANTE incluirá el diseñó de un sistema de medición de caudal entre todas las etapas del TREN DE TRATAMIENTO DE LODOS, de manera enunciativa; purga de lodos primarios, purga de lodos secundarios, alimentación a espesamiento, alimentación a digestión anaerobia, lodos digeridos al tanque de almacenamiento de lodos estabilizados, alimentación de lodo digerido a desaguado. El sistema deberá medir y totalizar los diversos caudales de lodos y de las corrientes de retorno generadas, con una precisión mínima del 2.0%. El sistema será apto para medir lodos con alto contenido de sólidos y sustancias corrosivas, de tal forma que no afecten la lectura y el sistema de conducción.

El LICITANTE indicará en el diseño, la selección, el dimensionamiento, precisión de los sistemas, pérdidas de carga considerada, así como la longitud recta de tubería o canal antes del aparato de medición y la ubicación de éste con relación a las válvulas y los grupos de bombeo o equipos.

El LICITANTE considerará que para obtener la concentración de sólidos en el lodo desaguado mínima requerida a la salida de las unidades de desaguado, no se aceptará la aplicación de un agente externo o producto químico adicional al polímero.

El LICITANTE incluirá un sistema automático de monitoreo del desempeño de los equipos de espesado y desaguado mecánico de lodos, con el objetivo de ajustar y optimizar la dosificación de polímero y de obtener la concentración objetivo de sólidos en los lodos espesados y desaguados y una corriente líquida con bajo contenido de sólidos suspendidos.

La capacidad de almacenamiento de los productos químicos para el acondicionamiento y tratamiento de los lodos, cuando se opte por adquirirlos, será establecida en función de las características del sistema de suministro que se proponga, pero sin ser menor a 15 días de consumo en el período de mayor demanda, basados en el caudal promedio especificado para el TPC y el TPQ.

Cuando se opte por la generación de los productos químicos in situ, los procesos de generación deberán de tener la combinación de redundancia, y de capacidad de almacenamiento, necesaria para garantizar el abastecimiento confiable de los productos químicos. En los sitios de manejo y almacenamiento de productos químicos se deberá cumplir con la NOM 010-STPS-1999.

 

A.                   UNIDADES Y ETAPAS DE TRATAMIENTO. El LICITANTE considerará en su PROPOSICIÓN para el tratamiento de la totalidad de los lodos generados en el TPC y el TPQ en periodo de estiaje y de lluvias, las siguientes unidades y etapas:

·          El espesamiento de los lodos primarios, en su caso.

·          El espesamiento mecánico o por flotación de los lodos secundarios, en su caso.

·          El espesamiento mecánico de los lodos primarios y secundarios combinados, en su caso.

·          El tanque de mezcla y almacén de lodos espesados, en su caso.

·          Los equipos de tamizado y/o molienda del lodo alimentado a los digestores anaerobios.

·          El acondicionamiento, en su caso, para incrementar la remoción de los SSV en la digestión anaerobia.

·          La digestión anaerobia de los lodos para los lodos del TPC.

·          La digestión anaerobia o la estabilización con cal o la incineración para los lodos del TPQ.

·          El almacenamiento temporal del biogás generado en la digestión anaerobia, con la capacidad indicada en el Capítulo I - 12.

 

·          El sistema de quemado de biogás en calderas, transferencia de calor y recuperación de calor.

·          El almacenamiento de los lodos digeridos con una capacidad minima de 2 (dos) días calculada en base a la producción máxima mensual de lodos.

·          El sistema de desaguado de los lodos digeridos.

·          El sistema de secado térmico de los lodos desaguados, en su caso.

·          El sistema de acarreo y carga de los biosólidos hacia los contenedores.

·          La flota de camiones y contenedores para efectuar el acarreo de los BIOSOLIDOS hacia el sitio de disposición final.

·          La maquinaria y equipos requeridos para extender, mezclar y compactar los biosólidos desaguados en el sitio de disposición final.

 

B.                  BALANCE DE MASA. En su elaboración el LICITANTE precisará la concentración de SST que asigna el efluente del TPC y del TPQ. Para estimar la generación de lodos primarios de tipo convencional, lodos primarios por adición de químicos y de lodos de tipo secundario, el LICITANTE deberá incluir, al menos, los siguientes aspectos:

·    Balance independiente para el TPC y el TPQ.

·    Balance por periodo de estiaje y lluvias para el TPC y el TPQ, calculado tanto para cargas promedio como máximo mensual en cada periodo.

·    Tipo y dosificación de productos químicos en sedimentación primaria.

·    Remoción de SST en sedimentación primaria del TPC y/o del TPQ.

·    Producción de hidróxidos insolubles por dosificación de productos químicos.

·    Concentración de SST en el efluente del TPC y del TPQ.

·    Gravedad especifica de los lodos.

·    Concentración de sólidos en los lodos generados, espesados, digeridos y desaguados.

·    Fracción volátil de los SST en los lodos primarios, secundarios, y digeridos.

·    Contenido de nitrógeno y fósforo en los lodos.

·    Contenido de DBO5, SST, SSV en las corrientes de retorno.

·    Dosificación de polímero en espesado y desaguado de lodos.

·    Porcentaje de captura de sólidos en espesado y desaguado de lodos.

 

C.                 DISPOSICIONES Y CRITERIOS DE DISEÑO

La concentración de lodos espesados no podrán exceder de:

·    en efluentes de espesador gravitacional,                              6.0%

·    en efluentes de mesa o banda de espesado,                       7.0 %

·    en efluentes de centrífugas,                                                  8.0 %

En las operaciones de espesado y desaguado de lodos, con adición de polímero, no se podrán utilizar porcentajes de captura de sólidos mayores al 97%.

La edad de lodos (SRT por sus siglas en inglés) de diseño en la etapa de digestión anaerobia de lodos, de alta tasa y tipo mesofílico (33 a 37 grados Celsius), no podrá ser menor a 15 días calculada en base a producción máxima mensual de lodos.

 

1.10           SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS

 

A.       El material producto del cribado y la desarenación, así como los biosólidos  desaguados, será dispuesto al menos durante los primeros 4 (cuatro) años de operación (periodo inicial) en un sitio dedicado a la disposición de sólidos diseñado por el LICITANTE y ubicado dentro del terreno destinado para la PTAR Atotonilco, de acuerdo con lo que establece el presente Capítulo.

B.      El diseño y construcción del sitio de disposición final de residuos sólidos durante este periodo inicial, debe tener como resultado, que cuando esté funcionado correctamente, imposibilite principalmente lo siguiente:

·          Contaminación de las aguas superficiales y subterráneas.

·          Contaminación atmosférica por olor, polvo o humus.

·          Infestación por ratas, moscas u otros vectores.

·          Otros factores que causen molestias tales como el ruido.

·          Peligro de incendio.

·          Peligro de explosiones por la emisión y/o recolección del gas metano generado dentro del relleno.

·          Asentamientos y deslizamientos de las estructuras, que pongan en riesgo las instalaciones de la PTAR.

C.      En forma enunciativa, más no limitativa, a continuación se establecen los criterios y factores principales que el LICITANTE debe considerar en el diseño del sitio de disposición final de residuos sólidos.

C.1.       Se deberá proporcionar un recubrimiento en el terreno considerado para la disposición de residuos sólidos, que garantice evitar infiltraciones en el suelo y la protección del nivel freático, de acuerdo con la normatividad aplicable.

C.2.       Deben existir drenajes perimetrales para evitar el ingreso de aguas de lluvia al área del sitio de disposición final de residuos sólidos.

C.3.       Las celdas pueden tener altura variable, dependiendo de las propiedades y características del suelo, consistencia de los lodos y el método de trabajo en un mono-relleno.

C.4.       Deben proveerse celdas separadas para la disposición final de los residuos de pretratamiento y de los biosólidos.

C.5.       El lixiviado del monorelleno debe drenarse y ser conducido al tratamiento preliminar de la PTAR para su manejo. Los gases deben ser captados y en su caso, quemados o aprovechados. Se recomienda establecer en el diseño una separación adecuada entre los pozos de venteo, para asegurar al 100 % la captación de gases de toda la superficie del sitio de disposición final de biosólidos.

C.6.       Debe ser proporcionada una separación adecuada de las áreas de maleza y árboles para prevenir la propagación de posibles incendios.

C.7.       Los caminos del sitio deben ser accesibles en cualquier estación del año y apropiados al tipo de vehículos que transportarán el lodo al sitio.

C.8.       Se deberá considerar en el diseño del sitio de disposición final de residuos sólidos, áreas de emergencia para depósito temporal en épocas de lluvia. Los derechos de vía de tuberías, conductos, vías férreas o líneas de energía eléctrica deben ser respetados de acuerdo con la normatividad aplicable.

C.9.       Se debe contar con agua para beber, contra incendio, eliminación de polvo y saneamiento de los empleados a cargo de la operación del monorelleno. Una cerca perimetral es necesaria para el monorelleno.

C.10.  El material de la cubierta seleccionado debe prever el balance entre las funciones principales de:

·       Tráfico del vehículo

·       Control de la infiltración del agua.

·       Control de la migración del biogás.

·       Resistencia de fuego.

·       Control de la erosión.

·       Control de vectores.

·       Ayuda a la vegetación.

C.11.               El CONTRATISTA será responsable del cierre del monorelleno dentro de la PTAR, que incluirán  en forma enunciativa y no limitativa a los siguientes aspectos: cobertura final, conformación final, mantenimiento, programa de monitoreo, y uso final del sitio. Todo esto en cumplimiento a lo señalado en el apartado no 9, clausura del sitio de la NOM-083-SEMARNAT 2003 referida ya en este capítulo. El CONTRATISTA desarrollará estas actividades durante los seis meses siguientes al término de la vida útil del monorelleno.

 

1.11           REQUISITOS DE MONITOREO PARA CONTROL DE PROCESO Y CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL

 

A.             El CONTRATISTA desarrollará y llevará a cabo un programa de monitoreo para control de proceso del TREN DE TRATAMIENTO DE LODOS, para realizar los análisis de los parámetros incluidos en la NOM-004-SEMARNAT-2002 y los que se especifican a continuación; el programa deberá incluir, pero no estará limitado, a la recolección de muestras representativas de los BIOSOLIDOS  antes de ser dispuestos y analizados conforme a los siguientes parámetros:

·                Porcentaje de Sólidos

·                Nitrógeno

·                Fósforo

·                Sólidos Totales (ST)

·                Sólidos Volátiles (SV)

·                Sólidos Disueltos Totales

·                Potencial Hidrógeno

·                Composición del biogás

·                Metales pesados

·                Coliformes Fecales

·                Salmonella spp.

·                Huevos de Helminto.

 

La frecuencia de análisis de estos parámetros se señala en los siguientes apartados.

 

B.            Remoción de SSV en la Digestión Anaerobia. Para determinar la remoción de SSV en la digestión anaerobia como valor promedio mensual, el CONTRATISTA caracterizará por lo menos una vez por semana los lodos influente y efluente del sistema de digestión anaerobia.

El CONTRATISTA efectuará cada día un muestreo compuesto de 24 horas en la línea de alimentación a la batería de digestores anaerobios, así como un muestreo compuesto de 6 (seis) muestras puntuales en la línea de alimentación al tanque de lodos digeridos, para realizar el análisis de ST y SV en los lodos crudos y digeridos, respectivamente. Con base en estos resultados de laboratorio se determinará la remoción o destrucción porcentual de SV en el proceso de digestión anaerobia de lodos.

 

C.            Sequedad de los Biosólidos. Para determinar la sequedad del proceso de desaguado mecánico como valor promedio diario, el CONTRATISTA calculará este valor en base a un mínimo de 6 (seis) muestras puntuales distribuidas uniformemente a lo largo del día.

D.            Metales Pesados en los Biosólidos. El CONTRATISTA efectuará un muestreo trimestral de Biosólidos a la salida de los equipos de desaguado (en el sistema de recolección y transporte de los Biosólidos) para realizar el análisis de los metales pesados, de acuerdo al método descrito en el Anexo VI de la NOM–004–SEMARNAT- 2002.

Se considerarán por lo menos 4 resultados por año de cada uno de los parámetros medidos, expresados en mg por kg de Biosólidos, para determinar el promedio anual para cada parámetro.

Los muestreos se programarán para que 2 de los resultados sean representativos de la calidad de los Biosólidos en condiciones del período de lluvias y 2 de las condiciones de estiaje.

Los parámetros a analizar son:

·                Arsénico

·                Cadmio

·                Cianuros

·                Cobre

·                Cromo

·                Mercurio

·                Níquel

·                Plomo

·                Zinc

 

E.            Patógenos y Parásitos en los Biosólidos. El CONTRATISTA efectuará un muestreo mensual de Biosólidos a la salida de los equipos de desaguado (en el sistema de recolección y transporte de los Biosólidos) para realizar el análisis de patógenos y parásitos, de acuerdo al método descrito en el Anexo VI de la NOM–004–SEMARNAT- 2002.

Los parámetros a analizar son:

·                Coliformes fecales

·                Salmonella spp.

·                Huevos de helmintos

F.            Otros parámetros de biosólidos. El CONTRATISTA realizará análisis de pH de los biosólidos con frecuencia diaria, en base a seis muestras diarias distribuidas uniformemente a lo largo del día. Además analizará semanalmente el contenido de fósforo y nitrógeno de los biosólidos.

G.            Composición de biogás. El CONTRATISTA analizará diariamente la composición del biogás, e incluirá en forma enunciativa, pero no limitativa los siguientes parámetros o compuestos: CH4, CO2, CO y H2S.

H.            Análisis de laboratorio y reporte de resultados. La colecta de las muestras de lodos y biosólidos para verificar el cumplimiento contractual - indicadas en los numerales B, C, D E y F - así como la integración, preservación, transporte y análisis de las muestras, las efectuará un laboratorio externo registrado ante la Entidad Mexicana de Acreditamiento (EMA), mismo que será contratado por el FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN previa aprobación de la CONAGUA y pagado con cargo a la tarifa de recuperación de los costos fijos de operación.

Los resultados de análisis serán reportados directamente por el laboratorio externo a un sitio en Internet, al que tendrá acceso irrestricto el personal designado por la CONAGUA y el CONTRATISTA.

 

 

 

FIN DEL CAPÍTULO

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