El CPP incluye depósitos bancarios
a plazo, pagarés con rendimiento liquidable al vencimiento, otros depósitos (excepto
vista y ahorro), aceptaciones bancarias y papel comercial con aval bancario. Se empezó a
publicar en agosto de 1975 y de acuerdo con lo establecido en el Diario Oficial de la
Federación del 3 de noviembre de 2005 continuará la publicación del citado CPP en el
Diario Oficial de la Federación por un periodo indefinido.
4/ El CPP se
calcula con el promedio ponderado de los costos que pagan las
instituciones de banca múltiple del país por la captación de los
recursos en los siguientes instrumentos: depósitos bancarios a
plazo, depósitos bancarios en cuenta corriente, pagarés con
rendimiento liquidable al vencimiento, aceptaciones bancarias y
papel comercial con aval bancario. El cálculo del CPP lo realiza el
Banco de México desde agosto de 1975 y lo publica entre los días 21
y 25 de cada mes en el Diario Oficial de la Federación (DOF). De
acuerdo con lo establecido en el DOF del 3 de noviembre de 2005
continuará la publicación del citado CPP por un periodo indefinido.
FUENTE: Banco de México
Última actualización:
Febrero de 2019
Próxima actualización: Marzo de 2019. |