
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transporte (SICT) busca tener un mayor control del sector ferroviario, que ayude mitigar el impacto de la inflación en alimentos, con la próxima publicación de una Norma Oficial Mexicana de Emergencia (NOM-EM-001-SAGARPA-SE-ARTF-2022) que abone a la seguridad alimentaria en el país.
El objetivo de la dependencia, a través de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF) y en colaboración con las secretarías de Economía y Agricultura, es regular el servicio y la información comercial de los servicios de transporte ferroviario para garantizar la cadena alimentaria, la cual incluye entre otras cosas, el suministro de alimentos por medio de su distribución, transporte y almacenamiento con el objeto de procurar la seguridad alimentaria de la población.
Entre las medidas a implementar a la brevedad destacan: que los concesionarios y asignatarios (usuarios del servicio) deben registrar ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) los modelos de contrato de adhesión que utilicen, la descripción del objeto del contrato, así como los conceptos, precios unitarios y monto total a pagar por el servicio prestado. Además de las garantías que se ofrezcan y los mecanismos mediante los cuales el consumidor puede presentar su queja, reclamación o inconformidad, así como los lugares y horarios de atención.
Con la norma, las empresas concesionarias o asignatarios deberán entregar obligadamente a la ARTF un informe semanal que contenga los siguientes indicadores de desempeño operativo: porcentaje de entregas a tiempo velocidad media de recorrido, tiempo de espera promedio en terminales y porcentaje de carros colocados semanalmente.
El documento (Norma Oficial Mexicana de Emergencia, NOM-EM-001-SAGARPA-SE-ARTF-2022, seguridad alimentaria-servicios de transporte ferroviario-especificaciones del servicio y requerimientos de información), de acuerdo con la SICT, está listo para ser publicado en los siguientes días.
Los argumentos de la secretaría
Para garantizar la seguridad alimentaria, se informó, es fundamental disminuir los costos en la producción, transporte y distribución de alimentos. En el caso del ferrocarril, diversos productos fundamentales para los procesos productivos y de alta penetración en la vida doméstica (como maíz y trigo) se mueven por dicho medio de transporte.
"Sería limitativo aumentar la productividad y la producción, si ello no se refleja en la disminución de los precios al consumidor. Para la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural es estratégico que los servicios utilizados en la cadena de producción y distribución de insumos y alimentos, como es de manera preponderante el transporte ferroviario, se eficienticen y reduzcan sus costos, y con ello el consumidor tenga acceso a alimentos a menores precios", se explicó
Respecto a los usuarios del servicio ferroviario, se mencionaron los resultados de una encuesta en donde se destaca la inconformidad respecto al costo de los fletes debido a que los precios no son tan competitivos con respecto al autotransporte y que los tiempos de entrega del ferrocarril comparados con los del transporte en carretera son mucho mayores.
Debido a su carácter de norma de emergencia, no habrá un periodo para que los interesados hagan algún comentario al respecto y basta su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para que entre en vigor