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Publicación de la NOM 247 garantiza mayor seguridad a los consumidores en el sector inmobiliario

  • Publicación de la NOM 247 garantiza mayor seguridad a los consumidores en el sector inmobiliario
Fuente: Centro Urbano

Con la reciente publicación de la Norma Oficial Mexicana (NOM) 247, el mercado inmobiliario se encontrará mejor regulado y se intentará acabar con todos esos vicios e irregularidades que existían, lo cual beneficia al sector y sobre todo a los consumidores.

En una transmisión de Centro Urbano Home, Karim Antonio Oviedo Ramírez, vicepresidente de asuntos jurídicos en AMPI y Luis Alberto González Rosas, catedrático de la Facultad de Derecho de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla y director de Luis González estudio legal, conversaron sobre la nueva NOM 247, que condensa algunas normas ya existentes y protege al consumidor.

El portavoz de la AMPI expresó que esta nueva norma significa que habrá un estándar que dará certeza jurídica al momento de adquirir un inmueble. Asimismo, expresó que estas disposiciones normativas ya existían desde el año 2004 en la Ley Federal de protección al consumidor, pero que con la inclusión de esta normativa se regulará de una manera más adecuada el proceso de adquisición de vivienda.

Respecto a esto, Luis Alberto González expresó que la norma es una sistematización de diferentes normativas que estaban contenidas en el artículo 73 de la Ley Federal de protección al consumidor y algunos otros capítulos subsecuentes. Además, mencionó que, desde su punto de vista, el espíritu de la norma se sustenta en tres ejes:

1. Dar los requisitos informativos de comercialización de inmuebles destinados a casa habitación. 2. Dar los elementos mínimos de sus contratos. 3. Otorgar claramente los derechos de los consumidores.

En cuanto al contenido de la norma, el catedrático de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla explicó que la primera parte del documento es muy importante, ya que es un glosario en el que se explica qué es un contrato, una decisión de compraventa, un contrato adhesión, entre otros. Al final, cuenta con un par de anexos, en los cuales se establecen los requisitos que deben cumplir los intermediarios inmobiliarios (constructoras o cualquier persona obligada al marco de esta norma). Además, cuenta con apéndice normativo que contiene el perfil que requiriere la norma.

Otro punto importante de esta nueva regulación es lo referente a la publicidad, sobre esto Karim Oviedo enfatizó que la NOM 247 prohíbe toda esa información engañosa que era común encontrar en los medios, pues ahora se deberá cumplir con la información que se promete a los consumidores. Asimismo, está prohibido el uso de logotipos de Infonavit y Fovissste en aquellas oficinas que ofrezcan realizar trámites ante estas instituciones, a menos que cuenten con la autorización expresa de estas dependencias.

Finalmente, Luis Alberto González enfatizó que la norma entrará en vigor el 22 de septiembre de este año, 180 días naturales a partir de que su publicación en el Diario Oficial de la Federación, lo cual implica que, conforme al capítulo 6, los intermediarios, constructores y demás involucrados en el proceso inmobiliario deberán ingresar a la Profeco para iniciar el trámite de registro del contrato de adhesión. Este vencerá el 22 de junio, 90 días naturales posteriores a la publicación.

Mayo 13, 2022  |  Vivienda Social

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