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Medio Ambiente y Sustentabilidad
[comisiones/Sectoriales/minero/plantilla/bar.htm]

Recepción, evaluación y resolución de la Manifestación de Impacto Ambiental
en su modalidad Regional; Modalidad A: No incluye Actividad Altamente Riesgosa

En qué casos se debe presentar:

 Cuando se trate de:

  1.  Parques industriales y acuícolas, granjas acuícolas de más de 500 hectáreas, carreteras y vías férreas, proyectos de generación de energía nuclear, presas y, en general, proyectos que alteren las cuencas hidrológicas;
  2. Un conjunto de obras o actividades que se encuentren incluidas en un plan o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que sea sometido a consideración de la Secretaría en los términos previstos por el artículo 22 de este reglamento;
  3. Un conjunto de proyectos de obras y actividades que pretendan realizarse en una región ecológica determinada, y
  4. Proyectos que pretendan desarrollarse en sitios en los que por su interacción con los diferentes componentes ambientales regionales, se prevean impactos acumulativos, sinérgicos o residuales que pudieran ocasionar la destrucción, el aislamiento o la fragmentación de los ecosistemas.
Guía para el trámite
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Para mayor información consulte le página web de la SEMARNAT

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Estamos a sus órdenes para mayor información:
Mtra. Dulce María Vázquez Hernández (55) 5424-7400 ext. 7139
O cualquier comentario o sugerencia favor
de completar el siguiente formulario:

CMIC - Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción | 2023.