[comisiones/Sectoriales/minero/plantilla/bar.htm]
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Recepción, evaluación y
resolución de la Manifestación de Impacto Ambiental
en su modalidad Regional; Modalidad A: No incluye Actividad Altamente Riesgosa
En qué casos se
debe presentar: Cuando se
trate de:
- Parques industriales y acuícolas, granjas
acuícolas de más de 500 hectáreas, carreteras y vías férreas, proyectos de
generación de energía nuclear, presas y, en general, proyectos que alteren las cuencas
hidrológicas;
- Un conjunto de obras o actividades que se encuentren
incluidas en un plan o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico
que sea sometido a consideración de la Secretaría en los términos previstos por el
artículo 22 de este reglamento;
- Un conjunto de proyectos de obras y actividades que
pretendan realizarse en una región ecológica determinada, y
- Proyectos que pretendan desarrollarse en sitios en los
que por su interacción con los diferentes componentes ambientales regionales, se prevean
impactos acumulativos, sinérgicos o residuales que pudieran ocasionar la destrucción, el
aislamiento o la fragmentación de los ecosistemas.
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Guía para el trámite |
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Estamos
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Mtra. Dulce María Vázquez Hernández |
(55) 5424-7400 ext. 7139 |
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