Se trata de un área contractual terrestre en etapa de Desarrollo, con una superficie de 36.74 km², ubicada en el municipio de China, N.L.
El objeto del Primer Convenio Modificatorio del Contrato consiste en llevar a cabo la modificación del Área Contractual. Establecida en el Anexo 1 del Contrato a fin de incorporar el pozo Duna-113 dentro de ésta, manteniendo la extensión en superficie de 36.742 km².
Del análisis llevado por la CNH, se consideró procedente la solicitud, toda vez que el pozo Duna-113, a la fecha, no ha sido modificado; que la extensión en superficie del Área Contractual propuesta como parte de la modificación conserva la misma extensión de 36.742 km² del Contrato.
En 2020, el pozo Duna-113 contaba con un volumen de 20.4 millones de pies cúbicos de gas asociado a la reserva 1P. El cual da cumplimiento al artículo 39, fracciones II y VI de la LORCME:
Fracción II: Elevar el factor de recuperación y la obtención del volumen máximo de petróleo crudo y de gas.
Fracción VI: Promover el desarrollo de las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en beneficio del país.
Derivado de lo anterior, el Órgano Regulador instruyó lo siguiente: la modificación del Contrato para la Extracción de Hidrocarburos, bajo la modalidad de licencia, CNH-R01-L03-A8/2015.
Adicionalmene, la suscripción del Primer Convenio Modificatorio y, por conducto de la Unidad Jurídica y la Unidad de Administración Técnica de Asignaciones y Contratos (UATAC), llevar a cabo las gestiones necesarias para la firma del Primer Convenio Modificatorio y dar seguimiento al cumplimiento de obligaciones del Contratista.