CMIC | Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción



Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

El 28 de junio de 1999, el derecho al medio ambiente se instituyó en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estableciendo que: “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.”

Algunos años más tarde, el 8 de febrero de 2012 se publicó de nueva cuenta en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma al artículo 4º constitucional, párrafo 5, el cual establece que: “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.“ De acuerdo a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente encontramos que dentro de su artículo 3, fracción I nos define el término “ambiente” como: “El conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados”

Deseas conocer más, da clic AQUÍ



Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción | Periférico Sur No. 4839
Parques del Pedregal, Tlalpan CDMX

Mtra. Dulce María Vázquez Hernández
Jefa de Sectores (Sustentabilidad, Financiamiento y Acceso a Capital, Certificación Sustentable, Transición Verde)

[email protected]
Teléfono: 55 5424 7400 Ext. 7101
© CMIC | 2026