Se llevó a cabo una revisión exhaustiva por cada Autoridad Normalizadora de los mil 673 temas contenidos en el programa, logrando la simplificación en su Suplemento al incluir 147 temas, de los cuales 82 son propuestas a trabajar y 65 a cancelar en el presente año, sostuvo.
Explicó que una norma que se debe de revisar o modificar en su caso, es la NOM-003-ARTF-2019, sobre la Seguridad - Clasificación y especificaciones de vía, y es que detectó que hoy en día derivado de los proyectos prioritarios Tren Maya, Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec y Tren Interurbano México-Toluca, urge la entrada de nuevos sistemas de operación, así como, de especificaciones de vía para las cuales la regulación vigente no cuenta con los alcances que se demandan.
Es necesario incorporar nuevas disposiciones aplicables a las nuevas clases de vía con la finalidad de garantizar el nivel de seguridad en el servicio ferroviario. Adicionalmente, se identifica que el Procedimiento de Evaluación de la Conformidad de la norma actual es susceptible de mejoras considerando estas disposiciones, apuntó.
Así también la NOM-001-ARTF-2019, Infraestructura - Durmientes Monolíticos - Especificaciones y métodos de prueba. Se requiere actualizar las disposiciones referentes al proceso de diseño y producción con la que se están fabricando e instalando una gran cantidad de durmientes en los proyectos de las vías férreas del Sistema Ferroviario Mexicano para carga, pasajeros y mixto. Aunado a lo anterior, es necesario incluir en esta modificación el Procedimiento de Evaluación de la Conformidad en concordancia con lo establecido en la Ley de Infraestructura de la Calidad.
El Tren Maya ha exigido la apertura de nuevas plantas para la fabricación de durmientes con una alta tasa de fabricación; sin embargo, en la actualidad no se cuenta con el procedimiento de evaluación de la conformidad verificar la calidad de los durmientes, por lo que el cumplimiento de los objetivos de interés público como la Seguridad Nacional, las Obras y Servicios Públicos y la Seguridad Vial, serán difíciles de lograr, lo que pone en riesgo a la población, dijo.
También para NOM-006-ARTF-2023, Operación-Equipo de arrastre ferroviario al servicio de carga-Disposiciones de seguridad, con ello se busca que tanto las empresas ferroviarias concesionarias, así como cualquier otra empresa particular, u organismo estatal o municipal autorizado para operar equipo ferroviario de arrastre, deberán establecer sus propios procedimientos de inspección y de mantenimiento preventivo y correctivo, de manera que sus flotas operativas, cumplan con los parámetros y dispositivos de seguridad.
La NOM-008-ARTF-2023, Infraestructura-Rieles-Soldadura, en donde se buscarán establecer medidas que aseguren la buena calidad de este tipo de productos y que se eviten en lo posible los problemas de detección, sustitución y, sobre todo, el riesgo de usar soldadura defectuosa.
También la NOM-007-ARTF-2023, sobre Infraestructura-Durmientes de madera-Suministro, impregnación e inspección, ya que existe la necesidad de contar con un elemento que cumpla satisfactoriamente con las funciones de mantener el escantillón de la vía, la transmisión de las cargas y los esfuerzos del riel al balasto con una larga duración en condiciones óptimas, así como tener especificaciones de las características, propiedades, proceso de impregnación y condiciones de entrega que deben cumplir los proveedores de durmientes.
Por último, la NOM-005-ARTF-2023, Pruebas de frenos de aire para trenes de carga-Disposiciones de seguridad, que establece las disposiciones para que personal de las empresas concesionarias, permisionarias realicen inspección, mantenimiento y pruebas necesarias al equipo de frenos de aire de las Unidades de Arrastre en los patios de inspección de terminales ferroviarias donde los trenes son formados inicialmente para garantizar el buen funcionamiento de los equipos, la operación segura y eficiente en el recorrido de los trenes.