Bajo los términos vigentes para la generación de energía por parte de inversionistas privados, el Estado decide en dónde se construye cada planta de generación, y con qué tecnología renovable (eólica y fotovoltáica, no así gas natural, que no es renovable); en dónde se interconecta al Sistema Eléctrico Nacional (cuál es la subestación eléctrica de interconexión), y cuál es el año de entrada en operación. Todo ello con horizontes de planeación, aceptación y pago de derechos sumamente acotados para proyectos de esta envergadura.
El inversionista privado, nacional o extranjero, debe asumir la convocatoria en sus términos, incluyendo los gastos de planeación y compromisos financieros previos al otorgamiento del permiso, así como manifestar interés en participar en un plazo de tan sólo cinco días.
Los costos previos al otorgamiento del permiso derivan principalmente de la interconexión a las líneas de transmisión que se hace dentro de la subestación, que es propiedad de la CFE. Este no es un estándar de la industria, ya que el dueño de la subestación generalmente asume los costos de interconexión. En México la CFE es la responsable de la subestación para recibir los nuevos proyectos de generación de energía renovable.
El horizonte de planeación del inversionista privado se reduce a cinco días hábiles a partir de la convocatoria del 17 de octubre de 2025. Así, acaba pagando grandes sumas iniciales de dinero y tiene muy poco tiempo para decidir e informar a la Comisión Nacional de Energía su interés en participar en proyectos de energías renovables, hasta que no haya otra convocatoria (de fecha incierta).



